Micelio

Artículo 3

La Persona O Personas Que Reclamen El Pago De Esta Asignación, Deberán Presentar Al Respectivo Departamento De Personal, Las Partidas De Origen Civil O Eclesiástico Que Acrediten Su Vínculo Familiar Con El Causante, Cuando Esas Partidas No Reposen En Su Hoja De Vida, Y Dos Declaraciones Rendidas Extra-Juicio Ante Autoridad Competente Con Las Cuales Se Compruebe Que El Causante Atendía Económicamente A Su Sostenimiento

Decreto 1311 de 1948 · Por el cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 82 de 1947

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La persona o personas que reclamen el pago de esta asignación, deberán presentar al respectivo Departamento de Personal, las partidas de origen civil o eclesiástico que acrediten su vínculo familiar con el causante, cuando esas partidas no reposen en su hoja de vida, y dos declaraciones rendidas extra-juicio ante autoridad competente con las cuales se compruebe que el causante atendía económicamente a su sostenimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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