°. Conformación del Comité Interinstitucional de Adaptación Laboral. El Comité Interinstitucional de Adaptación Laboral, estará conformado de la siguiente manera
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado, quien lo presidirá.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública o su delegado.
El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje - Sena o su delegado.
El Consejero Presidencial de Política Social o su delegado.
A las reuniones del Comité y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de este decreto, asistirán el Coordinador Nacional y un representante de la Secretaría Técnica, quienes participarán con derecho a voz pero sin voto.
Para el cumplimiento de sus funciones, si lo considera pertinente, el Comité podrá invitar a sus reuniones, a los servidores públicos o a representantes de Entidades Privadas, con derecho a voz pero sin voto.