º . Se reconoce como profesional en el área de Guionaje o Guianza Turística a la persona que cumpla alguno de los siguientes requisitos
Estar carnetizado o autorizado como Guía de Turismo ante la Corporación Nacional de Turismo, con anterioridad a la vigencia de la Ley 300 de 1996.
Haber obtenido autorización por la autoridad departamental competente, con base en la Ordenanza que para el efecto hubiere expedido la Asamblea Departamental con anterioridad a la vigencia de la Ley 300 de 1996.
Acreditar formación específica como Guía de Turismo certificada por una entidad de educación superior reconocida por el Icfes.
Obtener Certificado de Aptitud Profesional en Guianza o Guionaje Turístico expedido por el SENA.