Micelio

Artículo 2.3.1.4.1.7

Funciones Del Comandante De Zona De Reclutamiento Y Control Reservas Del Ejército

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Comandante de Zona de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército. Sin perjuicio de las funciones atribuidas por otras normas legales y reglamentarias, el Comandante de Zona de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército Nacional, tendrá las siguientes funciones

1.

Planear, dirigir, controlar la definición de la situación militar de los ciudadanos y el control de las reservas en los Distritos Militares de su jurisdicción, de acuer­do con la normatividad vigente.

2.

Difundir y supervisar el cumplimiento de las instrucciones emitidas para la definición de la situación militar, el control de las reservas y la movilización.

3.

Realizar control, evaluación y seguimiento al personal que en los distritos mi­litares de su jurisdicción interviene en el proceso de reclutamiento e incorpora­ción, con el fin de supervisar los procedimientos propios de la definición de la situación militar, control reservas y la movilización.

4.

Elaborar y presentar ante la Dirección de Reclutamiento del Ejército Nacional, la planeación para llevar a cabo el proceso de reclutamiento de ciudadanos a la prestación del servicio militar y la definición de la situación militar del personal clasificado de conformidad con el artículo 25 de la Ley 1861 de 2017.

5.

Controlar la ejecución del plan emitido por la Dirección de Control Reservas del Ejército Nacional, para mantener el control sobre las reservas de su jurisdicción.

6.

Coordinar con las autoridades militares, policiales, civiles, entidades públicas y privadas de su jurisdicción, para dar a conocer el proceso de definición de la situación militar de los ciudadanos.

7.

Conocer en segunda instancia de las infracciones y sanciones de que tratan los literales c) y g) del artículo 46 de la Ley 1861 de 2017, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 1861 de 2017.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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