A las reuniones de la Junta concurrirán el Gerente, el Auditor, el Secretario y las demás personas a quienes la misma Junta cite o convoque. Ninguno de ellos tendrá voto en las decisiones de la Junta, ni devengará remuneración especial por su asistencia.
Decreto 886 de 1969 →Vigente
Artículo 19
A Las Reuniones De La Junta Concurrirán El Gerente, El Auditor, El Secretario Y Las Demás Personas A Quienes La Misma Junta Cite O Convoque
Decreto 886 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Banco Cafetero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.