División de Seguridad . La División de Seguridad tiene las siguientes funciones
Prestar apoyo profesional y técnico al Procurador y al Viceprocurador en la formulación de políticas y programas de seguridad de la entidad.
Garantizar, de conformidad con el reglamento de protección y seguridad que expida el Procurador General, la seguridad personal de los servidores y exservidores de la Procuraduría General y sus familias, cuando por razones de seguridad sea necesario, para lo cual la entidad deberá disponer de los recursos humanos y físicos que se requieran.
Prestar el servicio de protección y seguridad a los bienes de la Procuraduría General.
Elaborar los estudios que se requieran para garantizar la seguridad del Procurador General y demás servidores de la entidad.
Llevar el inventario y garantizar el uso adecuado y mantenimiento del armamento y equipo logístico necesario para el cumplimiento de las funciones de seguridad.
Formular propuestas para la celebración de convenios con organismos nacionales o internacionales, con el objeto de capacitar al personal de seguridad.
Las demás que le asignen la ley y el Procurador General. TÍTULO V SALA DISCIPLINARIA