Micelio

Artículo 21

Decreto 836 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 49 de 1990, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 21 . Facturación especial. En el caso de distribución masiva y ambulante de productos alimenticios, donde la práctica comercial dificulte la expedición de factura por cada operación, se entiende cumplida tal exigencia, con la facturación diaria que realice el contribuyente a sus distribuidores o vendedores, la cual constituye documento equivalente. Tratándose del servicio de utilización o préstamo a cualquier título de juegos electrónicos, cuando la práctica comercial dificulte la expedición de factura por cada operación, el responsable podrá optar por elaborar una factura diaria por cada establecimiento o sitio en el que se presten dicho servicio, la cual constituye documento equivalente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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