Micelio

Artículo 5804

Para Viáticos Compra De Libros Nacionales Y Extranjeros, Os De Consulta, Suscripciones A Periódicos Y Revistas Nacionales Y Extranjeros, Propaganda, Avisos, Publicaciones Oficiales Del Ramo Legalmente Autorizadas Y Otros Gastos Similares Inherentes A Estos Mismos Servicios, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 15

Decreto 2488 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Departamento Administrativo Nacional de Estadística)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hacense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso; DEPARTAMETO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA CAPITULO 580 Personal y material 003. Del artículo 5804. Para viáticos compra de libros nacionales y extranjeros, os de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, propaganda, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores $ 15.000.00 CAPITULO 582 Estadísticas especiales Primer Censo Nacional del Transporte 003. Del Articulo5842. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Primer Censo Nacional de Transporte, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores $15.000.00 Suman los contracreditos $ 30.000.00 CAPITULO 582 Estadísticas especiales Primer Censo Nacional del Transporte. 003. Al artículo 5842-A. Para propaganda sobre la investigación del Primer Censo Nacional del Transporte, realizada a partir del mes de junio del presente año, según contrato suscrito con Atlas Publicidad Ltda $ 30.000.00 Suman los créditos $ 30.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2488 de 1956