Micelio

Artículo 40

Decreto 1482 de 1989 · Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ACTOS SANCIONABLES Y SANCIONES. Las administraciones cooperativas, los miembros de los órganos de administración y vigilancia, los empleados y los liquidadores de éstas serán responsables por los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento de las normas legales, estatutarias o reglamentarias. El Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas los sancionará por las infracciones que les sean imputables establecidas en los artículos 152 y 153 de la Ley 79 de 1988, con las sanciones y de acuerdo con los procedimientos consagrados en los artículos 154 y 155y concordantes de la misma ley. CAPITULO VII. DISPOSICICNES FINALES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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