Micelio

Artículo 1

Competencia De Los Jueces Penales Municipales Y Promiscuos Municipales

Ley 55 de 1984 · Por la cual se introducen modificaciones al Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los jueces penales municipales y promiscuos municipales conocen en primera instancia:

1.

De los delitos de lesiones personales.

2.

De los delitos contra el patrimonio económico salvo disposición especial en contrario, cuando la cuantía no exceda de trescientos mil pesos ($ 300.000.00).

3.

De los delitos de asonada, usurpación de funciones, delitos contra empleados oficiales, reingreso ilegal al país, delitos contra la salud pública, acaparamiento, especulación, alteración y modificación de calidad, cantidad, peso o medida, ilícita explotación comercial, usura, aplicación fraudulenta de crédito oficialmente regulado, delitos contra la asistencia alimentaria, violación de habitación y permanencia ilícita en habitación ajena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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