Micelio

Artículo 2

Los Depósitos En Cuenta Corriente De Los Bancos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Ganarán Un Interés Del 6 % Anual

Decreto 88 de 1957 · Por el cual se dictan medidas sobre créditos bancarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los depósitos en cuenta corriente de los bancos a que se refiere el artículo anterior, ganarán un interés del 6 % anual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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