Art. 4.° Facultase así mismo al Poder Ejecutivo para aumentar a doce mil pesos la subvención de que trata el artículo 1.° de esta lei, en el caso de que los empresarios de la navegación por vapor en el rio Atrato, se obliguen a coadyuvar a las esploraciones de este rio i de sus afluentes, en servicio del proyecto de apertura de un canal interoceánico.
Ley 15 de 1875 →Vigente
Artículo 4
Ley 15 de 1875 · Que concede un ausilio para la navegación por vapor entre Quibdó i Cartajena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.