º. Modificar el artículo segundo del Acuerdo número 70 del 21 de julio de 1993, aprobado por el Decreto 1562 de 1993, que modificó los numerales 1º, 4º, 11, 16 del artículo 18 del Acuerdo número 91 de 1983 aprobado por el Decreto 3128 de 1983, en el sentido de adicionar un
, el cual quedará así:
Las cuantías para adjudicación, suscripción y celebración de los actos o contratos a que se hace referencia en el presente artículo, estarán sujetas a modificación dependiendo del presupuesto que cada año se le asigne a la entidad conforme a los artículos 24 y 39 de la Ley 80 de 1993.