Micelio

Artículo 35

De Los Primeros Auxilios En Caso De Accidente O Enfermedad Repentina

Decreto 1045 de 1978 · Por el cual se fijan las reglas generales para la aplicación de las normas sobre prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales del sector nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 35. DE LOS PRIMEROS AUXILIOS EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD REPENTINA. Toda entidad oficial deberá tener en sus instalaciones los medicamentos necesarios para las atenciones de urgencia en caso de accidente de trabajo o ataque súbito de enfermedad, de acuerdo con la reglamentación que al respecto expida la Dirección de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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