Contribución a la construcción de paz desde la agenda de empresas y derechos humanos. Las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, en el marco de sus competencias, deberán promover la articulación entre la agenda de empresas y derechos humanos y los procesos de construcción de paz en los territorios. Esta articulación deberá fomentar el diálogo social, la participación segura de personas defensoras de derechos humanos, la inclusión de poblaciones afectadas por el conflicto armado y el compromiso empresarial con medidas de reparación e inclusión en clave de paz territorial.
Las acciones derivadas de este artículo deberán tener en cuenta, como marco orientador, las recomendaciones del Informe Final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad.
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