Micelio

Artículo 1

Créase Como Dependencia Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Y Bajo La Supervigilancia De La Universidad Nacional, Una Escuela De Enfermería Que Se Denominará Escuela Nacional Superior De Enfermeras, La Cual Tendrá Como Fin Principal La Preparación Y Formación De Enfermeras En General

Decreto 466 de 1943 · Por el cual se crea la Escuela Nacional Superior de Enfermeras

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Créase como dependencia del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social y bajo la supervigilancia de la Universidad Nacional, una Escuela de Enfermería que se denominará Escuela Nacional Superior de Enfermeras, la cual tendrá como fin principal la preparación y formación de enfermeras en general.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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