Artículo segundo. Las sumas que se hayan pagado a los trabajadores de los establecimientos públicos nacionales a que se refiere el artículo anterior, por concepto de prima de Navidad, serán imputables a las que se le adeuden en razón de primas o bonificaciones decretadas antes de entrar a regir el Decreto número 3055 de 1955, y que deben ser pagadas de conformidad con el presente Decreto.
Decreto 152 de 1957 →Vigente
Artículo 2
Decreto 152 de 1957 · Por el cual se aclara el Decreto número 3055 de 1955 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.