Micelio

Artículo 8

Ley 97 de 1936 · Sobre libertad provisional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La caución hipotecaria se constituirá otorgando la escritura pública respectiva y previa la comprobación por parte del peticionario, de la propiedad y libertad de la finca; el valor de ésta será el que tenga en el catastro y si no figura en éste, el que fijen peritos nombrados por el empleado respectivo.

Este aceptará la escritura y otorgará la cancelación de la hipoteca, cuando llegue el caso. La copia auténtica de la escritura de hipoteca con el requerimiento correspondiente, también presta mérito ejecutivo por-medio de la jurisdicción coactiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 97 de 1936