Micelio

Artículo 6

Corresponde Al Departamento De Organismos Internacionales: A) El Estudio De Tratados, Convenios, Acuerdos, Declaraciones Y Otros Actos Internacionales De Carácter Multilateral; B) La Ejecución Y Desarrollo De Los Mencionados Actos Internacionales; C) La Preparación De La Representación De Colombia A Congresos Y Conferencias Internacionales; D) El Estudio Y Tramitación De Todo Lo Relacionado Con Los Organismos Internacionales; E) El Estudio Y Tramitación De Todo Lo Pertinente A Conferencias Y Congresos Internacionales; F) El Índice De Adhesiones A Instrumentos Multilaterales De Que Forme Parte La República

Decreto 321 de 1938 · Por el cual se determinan las funciones correspondientes al servicio público de las Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Corresponde al Departamento de Organismos Internacionales

a)

El estudio de tratados, convenios, acuerdos, declaraciones y otros actos internacionales de carácter multilateral;

b)

La ejecución y desarrollo de los mencionados actos internacionales;

c)

La preparación de la representación de Colombia a congresos y conferencias internacionales;

d)

El estudio y tramitación de todo lo relacionado con los organismos internacionales;

e)

El estudio y tramitación de todo lo pertinente a conferencias y congresos internacionales;

f)

El índice de adhesiones a instrumentos multilaterales de que forme parte la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 321 de 1938