Micelio

Artículo 49

Decreto 407 de 1994 · por el cual se establece el Régimen de Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 49 . CAUSALES DE RETIRO. Son causales de retiro para los empleados del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, las siguientes

a)

Declaración de insubsistencia del nombramiento;

b)

Renuncia regularmente aceptada;

c)

Supresión del empleo;

d)

Retiro con derecho a pensión;

e)

Por invalidez absoluta;

f)

Incapacidad profesional;

g)

Destitución;

h)

Edad de retiro forzoso;

i)

Abandono del cargo;

j)

Orden o decisión judicial;

k)

Muerte;

l)

Sobrepasar la edad máxima para cada grado;

m)

Retiro del servicio de un miembro del Cuerpo de Custodia y Vigilancia por voluntad del Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, previo concepto de la Junta de Carrera Penitenciaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1995
    C-565/95Constitucionalidad · «Literal M.»EXEQUIBLE
  2. 1995
    C-565/95Constitucionalidad · «Literal M.»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 407 de 1994