Micelio

Artículo 1

Tan Pronto Como Entre En Vigencia La Ley 123 De 1931, O Sea El 25 De Enero Del Año Entrante, El Juez Tercero Del Circuito De Garzón Procederá A Hacer Entrega A Los Dos Jueces Restantes De Dicho Circuito De Todos Los Asuntos De Que Conocía Y Que Fueren De La Jurisdicción Del Mentado Circuito De Garzón

Decreto 2248 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Ley 123 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Tan pronto como entre en vigencia la Ley 123 de 1931, o sea el 25 de enero del año entrante, el Juez tercero del Circuito de Garzón procederá a hacer entrega a los dos Jueces restantes de dicho Circuito de todos los asuntos de que conocía y que fueren de la jurisdicción del mentado Circuito de Garzón. Asimismo deberá recibir de los Jueces 1° y 2° de dicho Circuito las negocios que fueren de su incumbencia y jurisdicción que le deban ser entregados y con los que tenía en su Despacho y que pertenezcan al nuevo Circuito de Pitalito, se trasladará a dicha población con el objeto de instalar el Juzgado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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