ARTICULO 3 º. A partir del 1o. de enero de 1994 el Director General del Senado de la República Grado 14 tendrá una asignación básica mensual total de dos millones doscientos noventa y nueve mil pesos ($2.299.000,00) moneda corriente. y el Director Administrativo de la Cámara Grado 13 tendrá una asignación básica mensual total de un millón setecientos cincuenta y cuatro mil quinientos pesos ($1.754.500) moneda corriente.
Decreto 58 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 58 de 1994 · Por el cual se fija escala salarial para los empleados públicos del Congreso Nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.