Participantes en la relación docencia-servicio. Pueden participar en la relación docencia-servicio para la formación en programas de educación del área de la salud
Las instituciones de educación superior;
Instituciones de formación para el trabajo y desarrollo humano;
Las instituciones prestadoras de servicios de salud;
Instituciones aseguradoras de servicios de salud;
Instituciones de servicios o investigación relacionadas con las áreas de formación en salud en las cuales se consideren pertinentes las prácticas formativas;
Instituciones u organizaciones que gestionen programas cuyas misiones sean acordes con las necesidades de formación de talento humano en salud. (Artículo 8° del Decreto 2376 de 2010)