Micelio

Artículo 4

Decreto 504 de 1879 · Sobre organización de la Escuela de Ingeniería civil i militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Habrá, ademas, un Inspector, que gozará, de setecientos veinte pesos anuales. Deberá habitar en el local de la Escuela, con derecho a alimentos i alumbrado, siendo de su cargo dictar una clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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