Micelio

Artículo 1

Decreto 904 de 1957 · Por el cual se distribuye una partida. (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la partida apropiada en el Capítulo 532, artículo 5371, ordinal 22) del Presupuesto vigente "para conservación de las Carreteras del Plan Vial, y otras, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución:

Artículo 5371. Ordinal 22).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 904 de 1957