Micelio

Artículo 3

Al Director Nacional De La Defensa Civil Le Corresponden Las Funciones De Dirección, Coordinación Y Control De Las Actividades Que A Esta Dependencia Le Fueron Adscritas Por Los Artículos 2° Y 3° Del Decreto 606 De 1967

Decreto 1656 de 1967 · por el cual se adiciona la planta de personal del Ministerio de Gobierno.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Al Director Nacional de la Defensa Civil le corresponden las funciones de dirección, coordinación y control de las actividades que a esta dependencia le fueron adscritas por los artículos 2° y 3° del Decreto 606 de 1967.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1656 de 1967