° Los permisos que concederán sobre los proyectos de contrato que acepte el Gobierno, los cuales no podrán ser modificados posteriormente sin su autorización previa.
Decreto 1433 de 1937 →Vigente
Artículo 4
° Los Permisos Que Concederán Sobre Los Proyectos De Contrato Que Acepte El Gobierno, Los Cuales No Podrán Ser Modificados Posteriormente Sin Su Autorización Previa
Decreto 1433 de 1937 · Por el cual se adiciona el artículo 11 del Decreto número 394 de 1937
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.