Artículo único. Aclarase el Decreto 2880 de 1960, en el sentido de que el proyecto de ley a que se refiere el numeral 44 del artículo único de dicho Decreto, recomendado por el Gobierno a la consideración del Congreso, es el presentado ante el honorable Senado por el Ministro de Gobierno, titulado "por la cual se dictan normas para as cedulación y otras de carácter electoral". Comuníquese y cúmplase,
Decreto 471 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 471 de 1961 · Por el cual se aclara el Decreto 2880 de 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.