°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y se aplicará a las solicitudes que se radiquen a partir de su entrada en vigencia.
Decreto 4915 de 2011 →Vigente
Artículo 4
Vigencia
Decreto 4915 de 2011 · por el cual se modifican los numerales 4 del literal A) del artículo 21 y 10 del artículo 22 del Decreto número 4299 de noviembre 25 de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.