Micelio

Artículo 302

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al decretar el desembargo o levantamiento del secuestro en los casos 1º, 3º, 5º, 6º, 8º y 9º del artículo anterior, se condenará en costas y perjuicios a quien los hubiere obtenido, salvo que por las partes interesadas se hubiere convenido en lo contrario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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