Micelio

Artículo 9

Oficina De Inspección, Vigilancia Y Control, Y Calidad De Servicios

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina de Inspección, Vigilancia y Control, y Calidad de Servicios . Son funciones de la Oficina de Inspección, Vigilancia y Control, y Calidad de Servicios, las siguientes

1.

Dirigir la formulación de políticas, programas, proyectos y procesos de calidad de los servicios dirigidos a las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias en el territorio nacional.

2.

Otorgar y reconocer las personerías jurídicas a las instituciones interesadas en prestar los servicios de protección dirigidos a las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias, así como la cancelación voluntaria de las personerías jurídicas por solicitud de representante legal de las instituciones que haya sido otorgada o reconocida por la Oficina de Aseguramiento a la Calidad.

3.

Ejercer inspección, vigilancia y control sobre las personerías jurídicas que otorgue o reconozca el Instituto.

4.

Otorgar, renovar y modificar las licencias de funcionamiento para los servicios dirigidos a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, con o sin derechos inobservados, amenazados y/o vulnerados.

5.

Desarrollar las acciones de inspección, vigilancia y control sobre las instituciones que prestan servicios de protección dirigidos a niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias, y adoptar las medidas a que haya lugar.

6.

Ejercer la secretaría técnica del Comité de Inspección, Vigilancia y Control de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, o el que haga sus veces.

7.

Adelantar las etapas del proceso administrativo sancionatorio por el incumplimiento de los lineamientos o manuales sobre la prestación de los servicios de protección dirigidos a las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias.

8.

Coordinar con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional la promoción de acciones y estrategias de mejora continua que aseguren la calidad en la prestación de los servicios dirigidos a las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias, encaminadas a contribuir a la efectividad y el restablecimiento de los derechos de la población atendida.

9.

Informar a los Directores Regionales, supervisores de los contratos y Direcciones misionales del instituto, los resultados de las acciones de inspección, vigilancia y control, para la toma de decisiones y seguimiento en el marco de sus competencias funcionales.

10.

Coordinar con la Dirección de Planeación el diseño, implementación y mantenimiento de mecanismos de monitoreo, analítica de datos, seguimiento de indicadores y evaluación sistemática del cumplimiento de las condiciones de calidad definidas para los servicios del Instituto.

11.

Administrar el Registro Único de Oferentes del Instituto, aplicando las políticas y lineamientos institucionales.

12.

Elaborar informes sobre la verificación de las condiciones de calidad de las instituciones prestadoras de los servicios de protección dirigidos a las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o las familias.

13.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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