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Artículo 29

Son Funciones De Las Oficinas Seccionales: A) Ejecutar Los Programas De Seguridad Para Los Colombianos Y Extranjeros Domiciliados En La Región, De Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes

Decreto 1717 de 1960 · Por el cual se organiza el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de las Oficinas Seccionales

a)

Ejecutar los programas de Seguridad para los colombianos y extranjeros domiciliados en la región, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

b)

Colaborar con las autoridades competentes en las investigaciones que disponga el jefe de la Oficina Seccional.

c)

Coordinar con la Policía la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que sobre seguridad dicten los gobiernos, nacional, departamental o municipal.

d)

Tramitar la expedición de certificados de conducta, cedula de extranjería, permisos especiales y demás documentos de su competencia, e informar a la asistencia de Coordinación Operativa, por el conducto regular.

e)

Realizar diariamente la diligencia de reconocimiento de detenidos y llevar las actas correspondientes.

f)

Organizar y controlar los Almacenes Seccionales de Recuperaciones y responder por su funcionamiento, de acuerdo con los reglamentos establecidos.

g)

Organizar y controlar el movimiento de las Salas de Detenidos, y responder por su vigilancia y conservación.

h)

Realizar los estudiaos técnicos requeridos en las investigaciones que adelanten y solicitar de la división de Técnica Criminalística, por el conducto regular, o directamente, según el caso, aquellos para los cuales no disponga de equipos e implementen adecuados y eficientes.

i)

Registrar las novedades de los extranjeros en la Seccional, expedir los certificados y autorizaciones de su competencia, para la aprobación del respectivo jefe, e informar a la División de Extranjería por el conducto regular.

j)

Elaborar el ante-proyecto anual de gastos para la seccional a su cargo y presentarlo a la Asistencia de Coordinación Operativa. CAPITULO XI. Del Servicio de Seguridad Rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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