Micelio

Artículo 29

Decreto 1228 de 1995 · por el cual se revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de 1995.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Licencias remuneradas . Los deportistas, personal técnico, auxiliar, científico, de juzgamiento y dirigente, seleccionados para representar al país en competiciones, seminarios, congresos y eventos deportivos similares internacionales, tendrán derecho a licencia remunerada para asistir cuando sean servidores públicos, trabajadores oficiales o del sector privado, previa solicitud escrita de Coldeportes y exención de tasas e impuestos de salida del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1228 de 1995