Micelio

Artículo 6

Reuniones

Decreto 1362 de 2012 · por el cual se crea la Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación y Orientación Superior del Beneficio de Animales Destinados para el Consumo Humano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Reuniones . La Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación y Orientación Superior del Beneficio de Animales Destinados para el Consumo Humano, se reunirá por derecho propio cada tres (3) meses, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica, con una antelación no menor a cinco (5) días hábiles a su celebración y extraordinariamente a solicitud del presidente de la Comisión cuando se estime necesario.

Parágrafo

La Comisión sesionará con la mitad más uno de sus miembros y las decisiones en el marco de sus funciones se tomarán por mayoría simple. Las sesiones serán presenciales, sin perjuicio de la celebración de reuniones virtuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1362 de 2012