Micelio

Artículo 1

Decreto 3861 de 2005 · Por el cual se reglamenta el Consejo Profesional Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y Afines

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Consejo Profesional Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y Afines, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 392 de 1997 y el artículo 64 de la Ley 962 de 2005 estará integrado por

1.

Un representante de las universidades e instituciones universitarias o escuelas tecnológicas e institutos tecnológicos privados u oficiales que tengan programas en tecnología de las áreas señaladas en la Ley 392 de 1997.

2.

Un representante de la Asociación de Ingenieros Electrónicos, Eléctricos y Afines, ACIEM.

3.

Dos representantes de las asociaciones de tecnólogos de las áreas de que trata la Ley 392 de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3861 de 2005