º . El Consejo Profesional Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y Afines, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 392 de 1997 y el artículo 64 de la Ley 962 de 2005 estará integrado por
Un representante de las universidades e instituciones universitarias o escuelas tecnológicas e institutos tecnológicos privados u oficiales que tengan programas en tecnología de las áreas señaladas en la Ley 392 de 1997.
Un representante de la Asociación de Ingenieros Electrónicos, Eléctricos y Afines, ACIEM.
Dos representantes de las asociaciones de tecnólogos de las áreas de que trata la Ley 392 de 1997.