Micelio

Artículo 2.10.3.11.1

Definiciones

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definiciones. Para efectos de la Cuota de Fomento Avícola establecida por la Ley 117 de 1994, adóptanse las siguientes definiciones:

1.

Empresa incubadora. Es aquella persona natural o jurídica dedicada a la obtención de pollitos o pollitas de un día de nacidos a partir de huevos fertilizados producidos en el país o importados, con el propósito de la venta a terceros o para su propia explotación.

2.

Pollitos. Las aves de un día de nacidas, de todas las especies, destinadas a la producción de carne.

3.

Pollitas. Las aves de un día de nacidas, de todas las especies destinadas a la producción de huevos.

4.

Número de aves nacidas. El número de aves nacidas en una empresa incubadora es igual al número de aves vendidas, más las cedidas a título de bonificación o donación y aquellas destinadas a explotación comercial por la misma empresa.

Parágrafo

Mediante facturas de venta, bonificación o donación se controlará el nacimiento de las aves. Las destinadas a explotación comercial por la misma empresa incubadora, se controlarán a través de los comprobantes del traslado interno a sus galpones de cría.

(Decreto número 823 de 1994, artículo 1°, modificado por el Decreto número 523 de 2003, artículo 1°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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