Micelio

Artículo 4

Inversiones Admisibles

Decreto 623 de 1996 · por el cual se adiciona el régimen de inversiones de las entidades aseguradoras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Inversiones admisibles . El exceso del valor computable establecido conforme al artículo segundo del presente decreto sobre el valor máximo computable definido en el artículo anterior, en adición a las inversiones contempladas en el régimen general de inversiones admisibles, se tendrá como inversión admisible de que trata el numeral 2 del artículo 187 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, por un período que no supere el 31 de diciembre del año 2000. Adicionalmente, por el período comprendido desde el primero de enero del año 2001 hasta el 31 de diciembre del año 2005, se tendrá como inversión admisible de que trata el numeral 2 del artículo 187 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el valor de los derechos fiduciarios o encargos fiduciarios según el caso, de que trata el artículo primero de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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