Causación. El impuesto nacional a la gasolina y al ACPM y a los productos asimilados u homologados a estos, se causa:
En las ventas efectuadas por los productores, en la fecha de emisión de la factura;
En los retiros para consumo de los productos, en la fecha del retiro;
En las importaciones, en la fecha en que se nacionalice la gasolina, el ACPM o de los productos asimilados u homologados.
(Decreto 1505 de 2002 artículo 12)