° Trasládanse en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909 las siguientes partidas: MINISTERIO DE GOBIERNO DEPARTAMENTO DE POLITICA INTERIOR Capítulo 1.º Asamblea Nacional-Personal. Artículo 2.º Viáticos para los Diputados á la Asamblea Nacional en las sesiones extraordinarias de 1909 $6,690 6,690 Artículo 7.° Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Antioquia, del 1.° de Julio al 31 de Diciembre de 1909; (Artículo 9.° de la Ley 8.ª de 1909, y Decreto número 527 del mismo año, Diario Oficial números 13678 y 13679) $1,530 Artículo 8.° Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Barranquilla, en el mismo tiempo 2,595 Artículo 9.° Sueldos de los empleados de la Gobernación Pasan $ 4,125 6,690 Vienen $ 4,125 6,690 del Departamento de Bucaramanga y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo 2,595 Artículo 10. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Buga, en el mismo tiempo 1,887 Artículo 11. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Cali, en el mismo tiempo 2,595 Artículo 12. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Cartagena y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo 2,850 Artículo 13. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Cúcuta y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo 2,391 Artículo 14. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Distrito Capital y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo 2,850 Artículo 15. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Facatativá, en el mismo tiempo 2,295 Artículo 16. Sueldos de los empleados dé la Gobernación del Departamento de Ibagué, en el mismo tiempo 2,142 Artículo 18. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Jericó, en el mismo tiempo 1,530 Artículo 19. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Manizales, en el mismo tiempo 2,142 Artículo 20. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Medellín y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo. 2,799 Artículo 21. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Mompós, en el mismo tiempo 1,632 Artículo 22. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Neiva, en el mismo tiempo 1,887 Artículo 23. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Pastó, en el mismo tiempo 2,295 Artículo 24. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Popayán y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo 2,595 Artículo 25. Sueldos, de los empleados de la Gobernación del Departamento de Quibdó, en el mismo tiempo 1,887 Artículo 26. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de San Gil, en el mismo tiempo 1,887 Artículo 27. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Santa Marta y gastos de representación del Gobernador, en el mismo tiempo 2,595 Artículo 28. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Santa Rosa de Viterbo, en el mismo tiempo 2,295 Artículo 29. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Sincelejo, en el mismo tiempo 1,530 Artículo 30. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Sonsón, en el mismo tiempo 1,530 Artículo 32. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Tunja, en el mismo tiempo 2,995 Artículo 33. Sueldos de los empleados de la Gobernación del Departamento de Zipaquirá, en el mismo tiempo 2,295 54,624 Capítulo 7.º Administración de Lazaretos. Artículo 36. Para atender á los gastos que ocasionan las Leproserías en toda la República $ 25,000 25,000 Capitulo 9.º Junta Central de Higiene. Artículo 40. Para útiles de escritorio y otros gastos de las Juntas Departamentales de Higiene, hasta $ 700 700 Capítulo 11. Gastos Varios. Artículo 43. Para gastos que demande la celebración de 20 de Julio 455 80 455 80 DEPARTAMENTO DE CORREOS Y TELEGRAFOS Capítulo 15 Gastos Generales. Artículo 51. Para atender al pago del personal de los empleados de Telégrafos en 526 Oficinas. $ 9,000 Artículo 53. Para conducción de Correos en la República y creación de nuevas Líneas 20,000 Artículo 54. Para arrendamiento de locales en las oficinas de Correos de la República 6,000 Artículo 56. Para atender al pago del servicio del tránsito territorial ó marítimo de la República, gastos comunes de la Unión Postal Universal en la Oficina de Berna y tránsito territorial de Panamá, de acuerdo con la Convención Postal Universal y convenios especiales 10,000 Artículo 57. Para conservación dé líneas telegráficas 30,000 Artículo 58. Para arrendamiento de locales para las Oficinas Telegráficas de la República 4,000 Artículo 63. Para gastos imprevistos, aumento de sueldos, creación de nuevas Oficinas Telegráficas y de Correos y nuevos empleos, aumento de líneas de correos, pago de recargo imprevisto de los mismos correos extraordinarios 9,000 Artículo 63 bis. Para la indemnización de encomiendas extraviadas 2,000 90,000 DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Capitulo19. Comisión de Codificación Nacional Artículo 67. Para atender al pago de los sueldos de los miembros de esta Oficina $ 9,990 07 Artículo 68. Gastos de material de la misma 1,000 10,990 07 Capítulo 20. Servicio Médicolegal. Artículo 70. Gastos de material de esta Oficina $ 700 700 Capítulo 25. Intendencias. Artículo 213. Para el pago de personal y material de la Intendencia de La Goajira, en el año 6,000 6,000 Suman las deducciones $ 195,159 87 Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las imputaciones siguientes: MINISTERIO DE GOBIERNO DEPARTAMENTO DE POLITICA INTERIOR Capítulo 1º. Asamblea Nacional- Personal. Artículo 1.° Sueldos de los Diputados á la Asamblea Nacional y de los empleados de la Secretaría de la misma, en las sesiones extraordinarias de $14,34674 Artículo 3.° Para gastos de representación de los Diputados á la Asamblea Nacional residentes en la capital 2,000 16,346 74 Capítulo 9º. Junta Central de Higiene. Artículo 39. Sueldos de los empleados de la Junta Central de Higiene 4 84 4 84 Capítulo 12. Vigencias anteriores. Artículo 47. Para atender al pago de los saldos pendientes de vigencias Anteriores 50,00 50,00 DEPARTAMENTO DE BENEFICENCIA. Capítulo 14. Vigencias anteriores Artículo 49. Para atender al pago de los saldos pendientes de vigencias anteriores 5,000 5,000 DEPARTAMENTO DE CORREOS Y TELHGRAFOS Capítulo 16. Vigencias anteriores. Artículo 64. Para atender al pago de los saldos pendientes de vigencias anteriores 78,000 78,000 DEPARTAMENTO DE JUSTICIA. Capítulo 26. Gastos varios de Justicia Artículo 214. Para los gastos que ocasionen los establecimientos de castigo,
s 1.° á 9.º $ 30,000 $ 30,000 Capítulo 27. Vigencias anteriores Artículo 218. Para atender al pago de los saldos pendientes de vigencias Anteriores $15,80829 15,808 29 Suma $ 195,159 87
Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto. Publíquese.