Micelio

Artículo 38

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la liquidación de las contribucion.es de valorización se deberá elaborar el plano a los planos de reparto, según correspondiere, tanto del área que ha de ser, gravada como de las áreas inmediatamente aledañas y con ella relacionada a una escala adecuada, planos en los cuales se, harán especialmente constar:

1.

Localización de la obra o del conjunto de obras materia de la distribución.

2.

Determinación de las vías y demás áreas de uso público y división en manzanas si se tratare de sectores urbanos.

3.

Delimitación de la zona de influencia de la obra obras correspondientes, con, la determinación, linderos y numeración de cada uno de los inmuebles comprendidos en ella,

4.

Características, de la zona que deben tenerse en cuenta en la distribución de las contribuciones, como calidades de los terrenos, topografía, áreas pantanosas, lagunas, corrientes de agua, etc.

5.

Vías de acceso.

6.

Usos de la tierra.

7.

Niveles socioeconómicos de los distintos sectores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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