Actualizacion de informacion de los auxiliares, de la justicia inscritos en la lista vigente. De conformidad con lo previsto en el articulo 2.2.2.11.2.12 del Decreto Unico Reglamentario 1074 de 2015, quienes esten inscritos en la lista de auxiliares de la justicia vigente, podran, si lo estiman pertinente, presentar los documentos que acrediten requisitos adicionales a los ya registrados ante esta Superintendencia, con el proposito de acceder a puntajes adicionales o acceder al cargo de liquidador y/o categorias adicionales. Para el efecto, dispondran del mismo termino de los aspirantes dispuesto en el articulo 6 de la presente ResoluciOn. Los auxiliares de la justicia que registren en el formulario de inscripcion el cargo adicional como liquidador y cumplan los requisitos dispuestos pare este, seran convocados a la presentaciOn del examen habilitante para ese cargo.
PARAGRAFO PRIMERO. La guia para el diligenciamiento del formulario estara disponible en el portal de auxiliares de la justicia de la pagina web de la Superintendencia de Sociedades. Es responsabilidad exclusiva del auxiliar de la Justicia conocer y seguir los pasos descritos en la guia para que le sean tenidos en cuenta los documentos y asi, acceder a puntajes adicionales. La actualizaciOn se entendera cumplida con la generaci6n del radicado.
PARAGRAFO SEGUNDO. En caso de que el auxiliar de la lista solamente pretenda cambiar de categoria o inscribirse en una o mss categorias adicionales y ya cumpla con los requisitos y la documentaci6n se encuentre debidamente cargada en el formulario, no debera surtir el procedimiento de la convocatoria, sino que tendra que solicitar, en cualquier momento, la re- categorizaciOn o solicitar la inscripciOn simultanea en varias categorias por escrito ante el Grupo de Registro de Especialistas de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones No. S4.04, .0.U•rla 6e SexiectiOes kerb/was eme a plYn.T.e, wrer•U*wq. adO, CMIluCLNIrtYM:duAtbn wonv4upscsod9934•4 4ov,co wobmast•tosupeosockodi4•44owto Lima Unice aupfoe 49 at cludadar4:014000 • n 4310 Ogg 1 TN oc9ots: (i01) 2291000 Superintendencia de Sociedad€s
PARAGRAFO TERCERO. Los auxiliares de la justicia solo podran registrar en el formulario, una unica direcci0n de notificaci0n, independientemente de las jurisdicciones para la que se encuentren inscritos.
PARAGRAFO CUARTO. Las actualizaciones que realicen los auxiliares de la justicia, seran validas a partir del momento en que entre en vigencia la nueva Lista, conforme a lo establecido en el articulo 26° de la presente Resoluci0n.