Micelio

Artículo 10

A Excepción De Las Señaladas En El Parágrafo Del Artículo 1°, Las Nuevas Participaciones, Así Como El Mayor Valor De Las Que Se Modifican Por El Presente Decreto, Se Reconocerán A Los Departamentos Y Municipios A Partir Del 19 De Enero De 1975

Decreto 1246 de 1974 · por el cual se adoptan normas sobre participaciones en materia de hidrocarburos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A excepción de las señaladas en el

Parágrafo

del artículo 1°, las nuevas participaciones, así como el mayor valor de las que se modifican por el presente Decreto, se reconocerán a los departamentos y municipios a partir del 19 de enero de 1975.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1246 de 1974