º. El superior, dentro de los dos días siguientes a la fecha en que reciba la queja legalmente formulada o en que tenga conocimiento de hechos de los enumerados en el artículo 2º, hará conocer por escrito al inferior los actos u omisiones que se le atribuyan como causales de sanción disciplinaria, así como las pruebas correspondientes cuando ellas existieren. Dentro de los diez (10) días siguientes, más el término de la distancia, el inferior contestará haciendo sus descargos y acompañando las pruebas en que los fundamente. El silencio se tendrá como confesión de los hechos imputados.
Decreto 3665 de 1950 →Vigente
Artículo 5
El Superior, Dentro De Los Dos Días Siguientes A La Fecha En Que Reciba La Queja Legalmente Formulada O En Que Tenga Conocimiento De Hechos De Los Enumerados En El Artículo 2º, Hará Conocer Por Escrito Al Inferior Los Actos U Omisiones Que Se Le Atribuyan Como Causales De Sanción Disciplinaria, Así Como Las Pruebas Correspondientes Cuando Ellas Existieren
Decreto 3665 de 1950 · Por el cual se dictan normas encaminadas al mejoramiento de la administración de justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.