Micelio

Artículo 2

Decreto 666 de 1890 · Por el cual se establecen las condiciones necesarias para el pago de una subvención

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° En vista de los informes y comprobantes de que trata el artículo anterior, podrá el Ministro de Instrucción pública girar la orden de pago por los $ 4,000 de la subvención correspondiente al año de 1889, si de tales documentos resalta que en efecto tal gasto ha da tener una inversión provechosa y faenada para el Colegio de Pinillos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 666 de 1890