Micelio

Artículo 1

De Este Decreto

Decreto 2039 de 1953 · Por el cual se crea la Comisión Reformadora del Código Carcelario y la Oficina de Planeamiento Arquitectónica del Ministerio de Justicia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. Créase una Oficina de Planificación Arquitectónica Carcelaria, adscrita a la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia, que se encargará de planificar la construcción de nuevas cárceles y la reconstrucción de las existentes, de acuerdo con la orientación que señale la Comisión creada por el artículo 1° de este Decreto.

Parágrafo

Los planes de edificación, reconstrucción y refacción de las cárceles de que tratan el

Parágrafo único

del artículo 1° y el presente artículo, deberán proyectarse de manera que su ejecución pueda realizarse en un término de tres (3) años, a partir del primero de enero de 1953, y se orientarán en el sentido de convertir las cárceles en lugares de rehabilitación y readaptación del delincuente por medio de industrias, artesanía, labores agrícolas y trabajos públicos adecuados, así como por las condiciones de habitabilidad.

Parágrafo

El Gobierno determinará el personal de la Oficina creada por este artículo, y las asignaciones de los empleados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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