Micelio

Artículo 2

Las Sociedades Administradoras De Inversión Podrán Invertir Hasta Un 5% De Las Suscripciones En Los Fondos Que Administren, En Depósitos A Término En Corporaciones De Ahorro Y Vivienda

Decreto 1731 de 1974 · Por el cual se interviene en la actividad de las Compañías de Seguros y de otras entidades financieras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las sociedades administradoras de inversión podrán invertir hasta un 5% de las suscripciones en los fondos que administren, en depósitos a término en corporaciones de ahorro y vivienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1731 de 1974