Micelio

Artículo 4

Ley 65 de 1887 · Por la cual se conceden varias exenciones y se dan algunas autorizaciones al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4º Los dueños de empresas y los contratistas que han sido favorecidos por leyes anteriores y que dieren al consumo de particulares los objetos importados con exención de derechos de importación en virtud de gracia que se les hubiere otorgado, quedarán incursos en una multa de mil a dos mil pesos ($1,000 á $2,000), que decretará el Poder Ejecutivo previa comprobación del delito, sin perjuicio de la acción civil que el Poder Ejecutivo puede ejecutar según sea el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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