º Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 025 de mayo 28 de 1985, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 025 DE 1985 (mayo 28) por el cual se establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL y se determinan las funciones de sus dependencias. La Junta Directivadel Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL, en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el concepto, de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República, ACUERDA: I. DE LA ESTRUCTURA. Artículo 1º La estructura orgánica del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL, será la siguiente
Junta Directiva
Gerencia 2.1. Oficina de Planeación 2.2 Oficina Jurídica 2.3 Oficina de Auditoría Interna
Secretaría General
Subgerencia Administrativa y Financiera 4.1 División de Relaciones Industriales 4.1.1 Sección de Personal 4.1.2 Sección de Adquisiciones y Servicios Generales 4.1.3 Sección de Archivo y Correspondencia 4.1.4 Sección de Dibujo, Publicaciones y Biblioteca 4.1.5 Sección de Almacenes 4.2 División de Organización y Sistemas 4 2.1 Sección de Organización y Métodos 4.2.2 Sección de Análisis y Programación 4.2.3 Sección de Procesamiento de Datos 4.3 División Financiera 4.3.1 Sección de Contabilidad 4.3.2 Sección de Presupuesto 4 3.3 Sección de Tesorería 4.3.4 Sección de Control de Créditos 4.3.5 Sección de Importaciones 4.3.6 Sección de Estudios Especiales
Subgerencia Técnica 5.1 División de Líneas y Subestaciones 5.1.1 Sección de Subestaciones 5.1.2 Sección de Líneas de Transmisión 5.2 División de Licitaciones y Contratos 5.2.1 Sección de Registros 5.2.2 Sección de Contratos 5.2.3 Sección de Bienes 5.3 División de Centrales 5.3.1 Sección de Centrales Hidroeléctricas 5.3.2 Sección de Centrales Térmicas 5.3.3 Sección de Proyectos Especiales 5.3.4 Sección de Fuentes Alternas
Subgerencia de Operaciones 6.1 División de Generación 6.2 División de Transmisión 6.3 División Centro de Control 6.4 División de Territorios Nacionales 6.5 Dirección Regional de Termotasajero 6.5.1 División Administrativa y Financiera 6.5.1.1 Sección de Servicios Administrativos 6.5.1.2 Sección Financiera 6.5.2 División Técnica 6.5.2.1 Sección de Operaciones 6.5.2.2 Sección de Mantenimiento 6.5.2.3 Sección de Servicios Técnicos
Subgerencia de filiales 7.1 División de Asesoría y Control Administrativo 7.2 División de Asesoría y Control Financiero 7.3 División de Asesoría y Control Técnico
División de Electrificación Rural
Organos de Asesoría y Coordinación 9.1 Comité Asesor de la Gerencia 9.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones 9.3 Comisión de Personal 9.4 Comité Técnico 9.5 Comité de Filiales 9.6 Comités de Coordinación Interna 9.7 Comité de Bienes 9.8 Comité de Dirección Regional. II. DE LAS FUNCIONES. JUNTA DIRECTIVA Y GERENCIA GENERAL. Artículo 2º Corresponde a la Junta Directiva y al Gerente ejercer las funciones para ellos asignadas en los estatutos del Instituto y en las demás disposiciones legales vigentes. OFICINA DE PLANEACION. Artículo 3º Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes
Asesorar a la Gerencia y demás dependencias del Instituto en los aspectos relacionados con la planeación económica y técnica;
Preparar los planes y programas del sector eléctrico que corresponda ejecutar al ICEL en coordinación con las demás dependencias del Instituto, y con los organismos que realizan actividades de electrificación de acuerdo con las instrucciones del Ministerio de Minas y Energía y del Departamento Nacional de Planeación;
Evaluar la ejecución de los planes y programas del sector, proponer los reajustes que sean del caso, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Minas y Energía;
Planear el aprovechamiento óptimo de los recursos energéticos y orientar la realización de estudios de factibilidad económica de los planes de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en coordinación con las diferentes dependencias de la entidad y los organismos del sector eléctrico.
Aprobar los planes de inversión, presupuestos y acuerdos de gastos mensuales de las electrificadoras filiales;
Elaborar conjuntamente con otras dependencias del Instituto el informe anual de actividades;
Dirigir las actividades relacionadas con la recopilación, procesamiento y suministro de información estadística sobre demanda, producción, crecimiento e insumos utilizados en el grupo ICEL y el sector eléctrico;
Preparar el proyecto de presupuesto anual de inversiones y funcionamiento del Instituto en coordinación con otras dependencias del mismo;
Elaborar estudios económicos sobre fuentes de recursos financieros para la entidad;
Estudiar los criterios para el establecimiento de tarifas en las filiales del ICEL;
Realizar las proyecciones financieras de las electrificadoras filiales;
Recopilar, procesar y suministrar información estadística del ICEL y sus electrificadoras filiales;
Coordinar con la División de Organización y Sistemas, el procesamiento automático de la información estadística;
Elaborar planes para el ensanchamiento de la capacidad de generación y transmisión del grupo ICEL de acuerdo con las necesidades del área y las políticas del Gobierno Nacional; ñ) Realizar investigaciones que conduzcan a la operación más económica de los diferentes subsistemas que conforman el sistema eléctrico del grupo ICEL;
Coordinar las relaciones derivadas de los intercambios de energía entre las empresas del grupo ICEL y entre éstas y el resto del sector;
Revisar los planes y programas de generación y transmisión preparados por Interconexión Eléctrica S. A., ISA y estudiar la participación de ICEL en los mismos;
Adelantar análisis de flujo de carga, corto circuito y estabilidad del sistema ICEL y sus electrificadoras filiales para la planeación de nuevos proyectos de expansión y modificaciones del sistema;
Coordinar con la División Centro de Control, el planeamiento operativo y la programación de los despachos de energía hidráulica y térmica del sistema interconectado;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. OFICINA JURIDICA. Artículo 4º Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes: a) Asesorar a la Gerencia en el trámite y solución de los asuntos jurídicos del Instituto; b) Elaborar, revisar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos. resoluciones y demás normas legales relacionadas con la entidad; c) Codificar las normas legales relacionadas con el Instituto y mantener al día dicha codificación; d) Suministrar información en materia jurídica a las dependencias del Instituto y organismos interesados y Emitir conceptos que sean de su competencia; e) Suministrar al Ministerio Público, en los procesos en que sea parte la entidad, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado e informar al Gerente y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República sobre el curso de dichos procesos; f) Adelantar los cobros extrajudiciales de la entidad; g) En virtud de mandato otorgado por la Gerencia, representar a través de sus abogados judicial y extrajudicialmente al ICEL; h) Conceptuar sobre la validez legal de documentos relacionados con la entidad; i) Revisar y emitir conceptos sobre las minutas de los contratos que celebre el ICEL; j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. OFICINA DE AUDITORIA INTERNA. Artículo 5º Son funciones de la Oficina de Auditoría Interna, las siguientes: a) Velar por el adecuado cumplimiento de las normas y procedimientos de orden contable, presupuestal y administrativo adoptados por la entidad; b) Verificar la corrección y razonabilidad de los estados financieros del Instituto por medio de los procedimientos de comprobación periódica y selectiva de los registros contables, análisis de las cuentas de tales estados financieros, confirmación de fuentes externas y otros procedimientos de auditoría aplicables; c) Velar por la adecuada custodia y protección de los activos de la entidad; d) Vigilar la efectiva aplicación de los controles internos en vigencia y sugerir la implantación de aquellos que tiendan a mejorar la salvaguardia de los activos del Instituto y la eficiencia de los trámites internos; e) Detectar errores o desviaciones en la aplicación de normas y procedimientos vigentes en el Instituto y proponer los correctivos del caso; f) Prevenir y detectar fraudes e irregularidades, determinar responsabilidades y proponer las medidas correctivas adecuadas; g) Vigilar que las diversas actividades a nivel de dependencias y de cargo se cumplan en forma adecuada, dentro del propósito de eficiencia y calidad de las funciones y servicios del Instituto; h) Atender los reclamos, quejas u observaciones relacionados con deficiencias administrativas, actos o procedimientos indebidos a nivel de dependencia o de cargo, constatar las anomalías y sugerir las medidas correctivas pertinentes; i) Realizar periódicamente visitas de inspección a las distintas dependencias, a fin de evaluar su funcionamiento y detectar posibles deficiencias, conflictos e irregularidades y presentar las recomendaciones pertinentes; j) Procurar en todo momento la máxima eficiencia en los diversos trámites administrativos y en el desarrollo de las labores de cada dependencia; k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECRETARIA GENERAL. Artículo 6º Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: a) Asistir al Gerente en los asuntos relacionados con la administración general del Instituto; b) Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas de la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar las actividades de sus diferentes dependencias; c) Preparar, revisar y tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los proyectos de acuerdo y resoluciones que deban someterse a la aprobación de la Junta Directiva y del Gerente, respectivamente; d) Refrendar los actos administrativos del Gerente y de la Junta Directiva; e) Llevar la representación del Gerente, cuando éste lo solicite; f) Autenticar con su firma las copias que se expidan de los actos de la Junta Directiva y del Gerente del Instituto; g) Planear, dirigir y desarrollar programas de divulgación de las actividades del Instituto, de acuerdo con la política de la Gerencia; h) Ejercer aquellas funciones que le correspondan en relación con la Junta Directiva y con la Junta de Licitaciones y Adquisiciones; i) Ejercer las funciones que le delegue el Gerente del Instituto; j) Coordinar la preparación y publicación del informe anual de actividades del Instituto y presentar informes periódicos y los especiales que sean solicitados por la Gerencia; k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Artículo 7º Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera, las siguientes: a) Colaborar con la Gerencia en la formulación de políticas relacionadas con la administración general y gestión financiera del Instituto; b) Planear, dirigir y coordinar las actividades de orden administrativo y financiero, comercial y de administración de personal, para el correcto funcionamiento del Instituto; c) Coordinar y controlar el trabajo de las distintas dependencias que conforman la Subgerencia; d) Analizar y aplicar las recomendaciones de los estudios elaborados por la Sección de Organización y Métodos de la División de Sistemas, así como los de la División de Relaciones Industriales, División Financiera y Oficina de Auditoría Interna; e) Presentar a la Gerencia informes periódicos sobre las actividades de la Subgerencia y los especiales que le sean solicitados; f) Elaborar los planes y programas en materia de contabilidad, cartera presupuesto, tesorería y créditos adoptados por el Instituto; g) Organizar y mantener actualizado un plan contable de acuerdo con las necesidades operacionales del ICEL y sus filiales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes; h) Supervisar, controlar y analizar los estados financieros y hacer las recomendaciones del caso; i) Colaborar con la Oficina de Planeación en la elaboración de los estudios dirigidos a una mejor organización financiera; j) Efectuar el control financiero de los créditos y contratos del Instituto; k) Coordinar y controlar las actividades correspondientes a la División de Relaciones Industriales; l) Velar por la oportuna adquisición y suministro de los materiales de las diferentes dependencias; m) Controlar todo lo referente a la Sección de Servicios Generales para la buena marcha del Instituto; n) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE RELACIONES INDUSTRIALES. Artículo 8º Son funciones de la División de Relaciones Industriales, las siguientes: a) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las secciones que conforman la división; b) Dirigir, coordinar y controlar las funciones relacionadas con la administración y desarrollo de personal, como también de bienestar y seguridad industrial; c) Proponer políticas y programas para reclutamiento selección, evaluación y clasificación de personal; d) Coordinar con entidades públicas y privadas, los programas de capacitación que requiere el personal del Instituto; e) Prestar apoyo en asuntos laborales a los funcionarios del Instituto y realizar funciones de esta índole ante organismos estatales y privados; f) Coordinar las actividades de los comités de educación y vivienda, para el desarrollo de una efectiva política de motivación del personal; g) Coordinar con la Oficina Jurídica el trámite de negocios que se susciten ante lo contencioso administrativo y con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en materia de personal; h) Planear, dirigir, coordinar y controlar la adquisición, movimiento, aprovisionamiento, conservación y aprovechamiento de los materiales, equipos y demás bienes necesarios para el adecuado funcionamiento del Instituto; i) Velar que se cumplan las normas y procedimientos relacionados con las actividades de compras nacionales, almacenes y servicios generales; j) Dirigir la organización del archivo central del Instituto y velar por su actualización; k) Presentar a la Subgerencia Administrativa y Financiera informes sobre el desarrollo de las actividades de la división y los especiales que le sean solicitados; l) Gestionar ante las compañías aseguradoras las condiciones, planes y modalidades, tratando de obtener las mejores ventajas en lo referente a seguros para el Instituto; m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia' SECCION DE PERSONAL. Artículo 9º Son funciones de la Sección de Personal, las siguientes: a) Ejecutar y controlar las actividades propias de la dependencia; b) Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal al servicio del Instituto y mantenerlos debidamente actualizados; c) Tramitar oportunamente las novedades de personal y remitir a la División de Organización y Sistemas la información correspondiente para la elaboración de las nóminas; d) Liquidar y tramitar conforme a las disposiciones legales, las prestaciones sociales de los funcionarios de la entidad; e) Seleccionar el personal que requiera el Instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia; f) Aplicar normas para ascensos, vacaciones, renuncias y sanciones de personal; g) Realizar estudios y aplicar normas de clasificación y remuneración para el personal del Instituto, de acuerdo con las disposiciones que regulan la materia; h) Adelantar con los jefes de las diferentes dependencias los procesos de evaluación de personal; i) Ejecutar las actividades de bienestar social, en coordinación con los organismos del Estado, especializados en la materia; j) Expedir constancias de los antecedentes de personal y demás certificaciones del caso, de acuerdo con la respectiva reglamentación; k) Elaborar los proyectos de providencias sobre nombramientos, ascensos, traslados, retiros y demás situaciones administrativas del personal al servicio del Instituto; l) Mantener actualizados el manual descriptivo de funciones a nivel de cargo y la planta de personal del Instituto; m) Vigilar el cumplimiento de los reglamentos del régimen interno del ICEL; n) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES. Artículo
Son funciones de la Sección de Adquisiciones y Servicios Generales, las siguientes
Velar por la eficiente prestación de los servicios administrativos, comunes a todas las dependencias del Instituto;
Realizar estudios sobre necesidades de locales y de equipos de oficina y proponer la mejor utilización de los existentes;
Establecer el inventario del parque automotor del ICEL, coordinar y controlar su adecuado mantenimiento y utilización;
Prestar eficientemente los servicios de aseo, vigilancia y mantenimiento de las instalaciones y equipos de oficina del Instituto;
Cotizar y coordinar el transporte de los materiales de los puertos y zonas francas a los almacenes del Instituto o directamente a las electrificadoras y verificar que dicho servicio se realice eficiente y oportunamente;
Coordinar todo lo relacionado con el transporte de los materiales de los almacenes del Instituto a las electrificadoras y demás lugares requeridos;
Efectuar las diligencias de alquiler de maquinaria para el cargue y descargue de los materiales del ICEL en Bogotá;
Llevar el kárdex con el récord de las diferentes compañías de transporte, con el fin de establecer la responsabilidad en el manejo de carga y puntualidad;
Elaborar el programa anual de compras y adquirir los bienes necesarios para el desarrollo de las actividades del Instituto, conforme con las disposiciones legales vigentes;
Llevar a cabo la labor de cotización y elaborar cuadros que presenten, de una manera comparativa los precios y especificaciones de los elementos, equipos y materiales necesarios ofrecidos por los proveedores;
Seleccionar las fuentes locales de suministros y elementos requeridos y organizar el kárdex de proveedores;
Establecer controles mensuales de las cuantías compradas a cada proveedor y elaborar informes estadísticos de las adquisiciones;
Presentar las cuentas e informes pertinentes sobre las actividades de la sección;
Realizar aquellas funciones que le correspondan en relación con la Junta de Licitaciones y Adquisiciones; ñ) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA. Artículo
Son funciones de la Sección de Archivo y Correspondencia, las siguientes
Recibir, clasificar, radicar, registrar y distribuir la correspondencia que llega al Instituto;
Recolectar, clasificar, registrar y despachar la correspondencia que sale del Instituto;
Recolectar, radicar, clasificar y distribuir la correspondencia interna del Instituto;
Cumplir los reglamentos de correspondencia establecidos o que se establezcan;
Organizar y mantener al día el archivo general del Instituto y facilitar los documentos de trabajo que le sean solicitados por las diferentes dependencias, de acuerdo con los reglamentos;
Organizar el archivo inactivo de los documentos;
Archivar y conservar los documentos conforme a los sistemas que se establezcan y determinar la forma de consulta de los mismos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE DIBUJO, PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA. Artículo
Son funciones de la Sección de Dibujo Publicaciones y Biblioteca, las siguientes
Realizar los trabajos de dibujo que le sean encomendados por las distintas dependencias del Instituto;
Coordinar con las diferentes dependencias todo lo relacionado con las publicaciones y realizarlas mediante los equipos de impresión existentes;
Llevar un control, para que los trabajos tanto de dibujo como de fotocopiado, vayan debidamente autorizados por los jefes de las dependencias que lo requieran;
Llevar un archivo de los originales de las diferentes formas de los documentos que se emplean en la entidad;
Manejar la planoteca;
Conformar o armar los diversos estudios que se produzcan en cada una de las dependencias del Instituto;
Presentar periódicamente, un informe sobre el número de solicitudes que se atienden por concepto de fotocopiado;
Organizar técnicamente y administrar la biblioteca del Instituto y mantener actualizado el inventario correspondiente a la misma;
Adquirir, clasificar, catalogar y conservar los libros publicaciones, revistas, periódicos y demás documentos de interés del Instituto;
Mantener al día el catálogo de las publicaciones existentes;
Realizar las actividades relacionadas con el montaje, diseño, diagramación e impresión de las publicaciones de la Organización;
Responder por la prestación del servicio de impresión, heliografía, fatocopiado y encuadernación que requiera el Instituto;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE ALMACEN. Artículo
Son funciones de la Sección de Almacenes, las siguientes
Coordinar y controlar las actividades de almacenaje de materiales, equipos y elementos adquiridos de acuerdo can las normas técnicas, procedimientos y técnicas existentes al respecto;
Recibir, clasificar, registrar y custodiar los bienes y elementos que ingresen al almacén del Instituto;
Proveer a las dependencias del Instituto de los elementos necesarios para el normal desarrollo de las actividades, de conformidad con planes establecidos previamente;
Determinar el origen de los materiales, elementos y equipos, así como el destino de los mismos y efectuar los trámites correspondientes para que los suministros se lleven a cabo oportunamente;
Efectuar estudios tendientes a determinar la obsolescencia de equipos y elementos, hacer la evaluación de los mismos y tramitar las solicitudes de baja correspondientes;
Elaborar y mantener actualizados los inventarios de los bienes y elementos que se encuentren en los almacenes y demás instalaciones del ICEL;
Mantener y suministrar información actualizada sobre existencias, movimiento y manejo de los almacenes y rendir las cuentas correspondientes de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia;
Coordinar las actividades de los diferentes almacenes del Instituto, con el fin de lograr la integración en la disponibilidad de los materiales;
Responder por el correcto almacenaje, mantenimiento seguridad e integridad de los elementos en depósito;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS. Artículo
Son funciones de la División de Organización y Sistemas, las siguientes
Desarrollar normas para la simplificación de tareas y la búsqueda de la eficiencia en todos los procedimientos;
Asesorar a las dependencias del Instituto en la implantación de las normas y procedimientos, e informar a la Gerencia General sobre su cumplimiento;
Coordinar y controlar todas las actividades relacionadas con el análisis, programación y procesamiento automático de la información que requiera el Instituto para su normal funcionamiento;
Diseñar, organizar, implantar y mantener sistemas de procesamiento de datos, para fines administrativos y técnicos;
Buscar la integración de los sistemas de información del Instituto y sus filiales;
Prestar asesoría a las filiales del ICEL en materia de procesamiento de datos, entrenamiento del personal y adquisición de equipos correspondientes al área de sistemas;
Investigar los últimos desarrollos de técnicas y modelos eléctricos aplicados en otros países por medio de computador y su factibilidad de implementación en Colombia de acuerdo con las necesidades del sector eléctrico;
Colaborar con las demás dependencias del Instituto en los estudios que se adelantan y las necesidades que se presentan;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE ORGANIZACION Y METODOS. Artículo
Son funciones de la Sección de Organización y Métodos, las siguientes
Elaborar planes de organización y señalización de oficinas y sitios de trabajo tendientes a darles carácter funcional y garantizar el óptimo aprovechamiento de las áreas;
Mantener al día los manuales de funciones y procedimientos, sugiriendo las adiciones y mejoras que demande la organización;
Proponer la creación o supresión de cargos de acuerdo con las necesidades de la organización del Instituto;
Estudiar proyectos de escalafón, velar por su divulgación, aplicación y administración conforme a lo establecido para el Instituto en esta materia;
Proponer a la División de Relaciones Industriales proyectos de sistemas de evaluación de oficios aplicables al Instituto;
Prestar apoyo a todas las dependencias del Instituto incluyendo las del nivel regional, en los aspectos relacionados con la racionalización y mejoramiento administrativo;
Crear y administrar un inventario permanente de formas impresas, a fin de evitar duplicaciones y lograr el máximo de eficiencia en el flujo de la información;
Las demás que les sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE ANALISIS Y PROGRAMACION. Artículo
Son funciones de la Sección de Análisis y Programación, las siguientes
Efectuar el diseño, implementación y documentación de sistemas administrativos y técnicos automatizados;
Realizar diseños e implementación de procedimientos y sistemas manuales;
Asesorar al Instituto en la adquisición de equipos de computación y sistemas de programación;
Efectuar estudios de nuevas técnicas encaminadas a mejorar u optimizar los sistemas existentes;
Adelantar estudios de paquetes generalizados de programación;
Investigar en coordinación con las diferentes dependencias del área técnica del Instituto, las necesidades de modelos eléctricos aplicables al país;
Implementar los modelos y fomentar su aplicación y difusión;
Colaborar con la elaboración de manuales de nombres para la estandarización y empleo de las bases de datos;
Supervisar la asignación de programas y el control de los mismos;
Revisar y controlar las pruebas de los programas;
Efectuar estudios de actualización de las técnicas y mejoras de los diferentes compiladores utilizados en la sección;
Llevar el archivo físico de los programas;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE PROCESAMIENTO DE DATOS. Artículo
Son funciones de la Sección de Procesamiento de Datos, las siguientes
Procesar la información que requiera el Instituto para el desarrollo normal de sus actividades;
Generar y mantener el sistema operacional e implementar rutinas de utilidades para la instalación;
Asesorar al personal técnico de la División y demás usuarios en rastreo de programas, soporte de lenguaje de control y programas de utilidad;
Supervisar las actividades de producción, operación y transcripción;
Controlar y organizar los estándares sobre manejo de archivo en disco y cinta;
Controlar la existencia de recursos de la Sección;
Controlar y organizar la entrega y recibo de programas;
Asignar los códigos a los usuarios autorizados;
Velar por la adecuada utilización de los equipos de computación y solicitar el oportuno mantenimiento y reparación del mismo, cuando sea necesario;
Evaluar los costos de computación y perforación que causen por parte de los usuarios externos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION FINANCIERA. Artículo
Son funciones de la División Financiera las siguientes
Coordinar y controlar las actividades de las secciones que conforman la división;
Organizar y mantener actualizados planes contables de acuerdo con las necesidades de la entidad, de conformidad con las disposiciones sobre la materia;
Rendir informes sobre la ejecución y control del presupuesto a las diferentes entidades oficiales, tales como el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Minas y Energía, Departamento Nacional de Planeación y Contraloría General de la República;
Coordinar la elaboración de los estados financieros del organismo y demás informes sobre la materia para ser presentados a las directivas y a la Contraloría General de la República, según el caso;
Coordinar y controlar los ingresos y los créditos del Instituto;
Coordinar la elaboración de los diferentes informes sobre el estado de la cartera, la situación y movimientos de fondos para presentarlos a la Subgerencia Administrativa y Financiera;
Velar por el buen manejo de los valores y documentos negociables del Instituto;
Presentar estudios y alternativas referentes a los mecanismos para el recaudo de las cuentas;
Suministrar oportunamente la información financiera necesaria para gestionar la obtención de préstamos a nivel nacional e internacional;
Coordinar con la División de Organización y Sistemas la implantación de programas tendientes a sistematizar las diferentes operaciones financieras del Instituto;
Rendir informes periódicos a la Subgerencia Administrativa y Financiera, sobre el funcionamiento de la dependencia;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE CONTABILIDAD. Artículo
Son funciones de la Sección de Contabilidad las siguientes
Llevar y mantener al día la contabilidad general del Instituto de acuerdo con las disposiciones legales, fiscales y administrativas vigentes;
Revisar el sistema contable periódicamente y proponer las modificaciones convenientes; establecer los principios, prácticas y procedimientos adecuados de contabilidad y finanzas que requiera el Instituto;
Elaborar los estados financieros del organismo y demás informes sobre la materia para ser presentados las directivas del Instituto y a la Contraloría General de la República, según el caso;
Elaborar mensualmente las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes de la institución;
Suministrar oportunamente la información financiera necesaria para gestionar la obtención de préstamos a nivel nacional e internacional;
Coordinar con la División de Organización y Sistemas y la División Financiera, la implantación de programas tendientes a sistematizar las diferentes operaciones contables y presupuestales del Instituto;
Efectuar estudios e investigaciones de carácter financiero y presentar los informes correspondientes;
Llevar a cabo el control financiero de los diferentes programas del Instituto, en coordinación con las demás dependencias de la subgerencia;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE PRESUPUESTO. Artículo
Son funciones de la Sección de Presupuesto, las siguientes
Elaborar en coordinación con la Oficina de Planeación el proyecto de presupuesto anual de la entidad;
Ejecutar, vigilar y controlar el presupuesto general del Instituto;
Elaborar los proyectos de acuerdos mensuales de gastos para su presentación a la Junta Directiva;
Elaborar y tramitar los traslados presupuestales permitidos dentro de los acuerdos de la Junta Directiva, y las demás disposiciones legales;
Registrar las reservas presupuestales necesarias para responder los compromisos que adquiera el Instituto;
Elaborar los informes sobre la ejecución y control de presupuesto y presentarlos oportunamente a la División Financiera para los fines pertinentes;
Coordinar la sistematización de las operaciones del presupuesto con la División de Organización y Sistemas;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE TESORERIA. Artículo
Son funciones de la Sección de Tesorería las siguientes
Recaudar los ingresos a favor del Instituto;
Efectuar los pagos a cargo del Instituto de conformidad con los requisitos legales y administrativos;
Producir los boletines de caja y bancos;
Manejar y responder por los valores y documentos negociables del Instituto, consignados bajo su custodia;
Elaborar mensualmente informes sobre la situación y movimiento de fondos;
Elaborar la facturación de las cuentas y enviarlas oportunamente a las dependencias correspondientes;
Elaborar extractos mensuales de las cuentas por cada deudor y hacer el envío de los mismos;
Efectuar el análisis permanente de los saldos y la composición de los mismos;
Preparar y presentar informes mensuales sobre el estado de la cartera del Instituto;
Recaudar las cuentas y demás efectos por cobrar;
Definir los métodos a seguir para la determinación de las partidas consideradas como incobrables, a fin de cancelarlas contra la provisión correspondiente;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE CONTROL DE CREDITOS. Artículo
Son funciones de la Sección de Control de Créditos, las siguientes
Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el control de la deuda externa, cartas de crédito y tramitación de empréstitos del Instituto;
Controlar la preparación de las solicitudes de crédito interno y externo y atender el servicio de la deuda del Instituto;
Controlar el movimiento sobre empréstitos internos y externos;
Llevar el control y registro mensual del monto de la deuda interna y externa;
Rendir informes periódicos sobre el estado de la deuda del Instituto;
Informar a la División Financiera sobre la administración de los créditos y el servicio de la deuda;
Coordinar la sistematización de las operaciones de crédito con la División de Organización y Sistemas;
Eloborar las licencias de cambio de deuda externa con la debida anticipación a cada vencimiento;
Atender en la Oficina de Cambios del Banco de la República, todo lo relacionado con la aprobación de licencias y presentación de documentos y garantías cuando sea el caso;
Elaborar las solicitudes de desembolso de los créditos negociados por el Instituto;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la natulareza de la dependencia. SECCION DE IMPORTACIONES. Artículo
Son funciones de la Sección de Importaciones, las siguientes
Reunir la información necesaria para consolidar el programa anual de importaciones;
Elaborar las licencias de importación y llevar el control general de las mismas;
Proveer la información necesaria a la Sección de Control de Créditos para el establecimiento del crédito documentario;
Solicitar a la Dirección General de Impuestos Nacionales, las excepciones de impuestos, sobre las ventas, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia;
Tramitar las excepciones de gravámenes arancelarios ante la Dirección General de Aduanas, solicitando concepto al Departamento Nacional de Planeación cuando las mercancías son bienes de capital;
Solicitar prórrogas para las licencias de importación cuando la mercancía no haya sido despachada, y modificaciones de las mismas, por petición de las dependencias técnicas del Instituto y de los proveedores;
Mantener comunicación permanente con los agentes de aduana para lograr la nacionalización y retiro de las mercancías en el puerto;
Llevar a cabo la revisión y registro de las cuentas de las compañías de seguros por concepto de primas de seguro de transporte marítimo y en el interior; tramitar reclamaciones ante la aseguradora por concepto de indemnización;
Efectuar las capitalizaciones ante la Oficina de Cambios del Banco de la República, para las importaciones hechas con crédito externo;
Coordinar con la División Financiera la información pertinente para liquidar oportunamente las importaciones;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia, SECCION DE ESTUDIOS ESPECIALES. Artículo
Son funciones de la Sección de Estudios Especiales, las siguientes
Elaborar, contabilizar y codificar las cuentas del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), Programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI), y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH);
Elaborar los comprobantes internos del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), Programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI) y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH);
Elaborar los estados financieros del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), Programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI) y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH);
Elaborar los anexos, los estados financieros del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), Programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI) y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas ( PCH), estado de origen y aplicación de fondos, análisis de capital de trabajo, estado de cambio en la situación financiera, estado de efectivo y desembolsos efectuados;
Recopilar y reclasificar la información contable del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) suministrada por las electrificadoras participantes, para la presentación de estados financieros consolidados;
Controlar y hacer el seguimiento contable y económico del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) en las electrificadoras filiales;
Elaborar y presentar las solicitudes de desembolsos del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER). Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH), y Programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI) ante organismos financieros a saber: BID, BIRF y ACDI;
Manejar y controlar las cartas de crédito del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER);
Elaborar y presentar trimestralmente ante el BID el progreso del Plnn Nacional de Electrificación Rural (PNER) y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH);
Elaborar y presentar trimestralmente ante el BID el informe de avance financiero del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH);
Elaborar y presentar ante el Departamento Nacional de Planeación el "Informe de Ejecución de Ingreso y Egreso del Programa de Desarrollo Rural Integrado" (DRI);
Controlar presupuestalmente el Programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI), Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) y Plan de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCH);
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SUBGERENCIA TECNICA. Artículo
Son funciones de la Subgerencia Técnica, las siguientes
Asesorar a la Gerencia en la formulación de políticas relacionados con la gestión técnica del Instituto;
Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman la subgerencia;
Dirigir los estudios de ingeniería requeridos para la ejecución de los proyectos de energía eléctrica a cargo del Instituto;
Dirigir y supervisar la construcción de obras del Instituto de acuerdo con los proyectos y las especificaciones correspondientes, e informar a la Gerencia sobre su estado y desarrollo;
Elaborar los programas de ejecución, presupuesto y licitaciones de las obras proyectadas;
Presentar a la Gerencia y a la Oficina de Planeación, los informes que le sean solicitados;
Mantener actualizadas las normas técnicas para el sector de energía eléctrica;
Controlar la ejecución de obras realizadas por firmas contratistas;
Prestar apoyo a la Subgerencia de Filiales y a las regionales del Instituto en la solución de los problemas técnicos cuando sea necesario;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE LINEAS Y SUBESTACIONES. Artículo
Son funciones de la División de Líneas y Subestaciones, las siguientes
Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman la división
Adelantar estudios sobre identificación de proyectos;
Efectuar los estudios preliminares de ingeniería y factibilidad económica de proyectos, en coordinación con la Oficina de Planeación;
Preparar los anteproyectos y proyectos, directamente o a través de las firmas consultoras;
Preparar la información básica para la elaboración de pliegos de licitación;
Estudiar y evaluar las ofertas para estudio, suministros y construcción de obras que se hagan a través de firmas consultoras y presentar las recomendaciones del caso;
Dirigir y supervisar los estudios realizados por los consultores;
Evaluar los resultados de la ejecución de los proyectos;
Solicitar y suministrar la información necesaria a las demás dependencias del Instituto;
Coordinar y realizar interventorias en la construcción de subestaciones, líneas y redes;
Coordinar el desarrollo de contratos de construcción, suministro y consultoría relacionados con la dependencia;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE SUBESTACIONES. Artículo
Son funciones de la Sección de Subestaciones, las siguientes
Coordinar la preparación de estudios sobre identificación y prioridad de necesidades de subestaciones, y la elaboración de los anteproyectos correspondientes;
Coordinar con la Oficina de Planeación, los estudios técnicos y económicos de los proyectos de subestaciones;
Colaborar con las filiales del ICEL en lo relacionado con estudio, diseño, montaje, e interventoría de subestaciones;
Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes, los pliegos de condiciones para las licitaciones relacionadas con la adquisición de materiales, construcción, montaje y puesta en servicio de las subestaciones;
Evaluar las ofertas técnicas de los estudios y diseños de subestaciones y formular las recomendaciones del caso;
Supervisar la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta en servicio de subestaciones;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE LINEAS DE TRANSMISION. Artículo
Son funciones de la Sección de Líneas de Transmisión, las siguientes
Coordinar la preparación de estudios sobre identificaciones y prioridades de necesidades de las líneas de transmisión y redes de distribución, así como su factibilidad técnica y económica, en coordinación con la Oficina de Planeación y preparar los anteproyectos correspondientes;
Preparar los términos de referencia para los estudios y diseños de líneas de transmisión y redes de distribución, efectuar la evaluación de las ofertas técnicas presentadas y hacer las recomendaciones del caso;
Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes, los pliegos de condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción, montaje y puesta en servicio de las líneas de transmisión y redes de distribución, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;
Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta en servicio de las líneas de transmisión y redes de distribución;
Colaborar con las electrificadoras en lo relacionado con estudios, diseño, montaje e interventoría de las líneas de transmisión y redes de distribución;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION LICITACIONES Y CONTRATOS. Artículo
Son funciones de la División de Licitaciones y Contratos, las siguientes
Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las secciones que conforman la división;
Dirigir y coordinar todo lo relacionado con la organización y actualización del registro de proponentes;
Estudiar, desde el punto de vista de su competencia, los pliegos de condiciones particulares y las minutas de los contratos en las licitaciones públicas y privadas del Instituto;
Revisar y aprobar los términos de referencia de los concursos de méritos para servicios de ingeniería;
Revisar y aprobar las pólizas contractuales hasta los valores que le sean delegados por la Gerencia;
Revisar y dar aprobación a las actas y cuentas que por concepto de obras o reajustes se presenten en el desarrollo de los contratos;
Tramitar los contratos principales o adicionales en su forma definitiva;
Revisar, aprobar y tramitar las actas de recibo definitivo y liquidación final de los contratos;
Elaborar los reglamentos y manuales de inscripción, clasificación y calificación de las firmas;
Coordinar con la División de Organización y Sistemas, las técnicas estadísticas y el control que requieran las pólizas contratos y el registro del Instituto;
Conceptuar en relación con las multas y sanciones que se apliquen a los contratistas;
Coordinar con las dependencias técnicas del Instituto, lo relativo a la ejecución y control de los contratos del Instituto;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE REGISTROS. Artículo
Son funciones de la Sección de Registros las siguientes
Aplicar los procedimientos sobre inscripción de firmas, teniendo en cuenta las normas que regulan la materia;
Preparar los formularios y demás anexos de inscripción o actualización que deben diligenciar las firmas contratistas;
Estudiar, aceptar y objetar las solicitudes de inscripción y verificar su registro, archivo y control en coordinación con la División de Organización y Sistemas;
Comunicar a los contratistas y proponentes su inscripción y vigencia en los registros del ICEL, expedir constancias sobre el particular a petición de las firmas y llevar el control de vencimiento de dichas inscripciones;
Elaborar las actas de inscripción de contratistas y proveedores, y llevar el control correspondiente;
Codificar la información básica para la calificación de las firmas en coordinación con la División de Organización y Sistemas, tramitar las actas y comunicar a los proponentes;
Mantener la información actualizada y disponible acerca de las inscripciones por grupo de firmas, la capacidad de participar en licitaciones y concursos, así como las sanciones que se apliquen por incumplimiento de los contratos, en coordinación con la División de Organización y Sistemas;
Revisar los pliegos de condiciones particulares y minutas de los contratos para las licitaciones públicas y privadas del Instituto;
Revisar los términos de referencia para los concursos de méritos que proyecten abrir las divisiones técnicas;
Revisar las resoluciones de apertura de las licitaciones y los correspondientes avisos de prensa;
Coordinar con las dependencias correspondientes, las adiciones o aclaraciones que sean necesarias en las licitaciones;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE CONTRATOS. Artículo
Son funciones de la Sección de Contratos, las siguientes
Comunicar la aprobación de las garantías que se estipulan en los contratos del Instituto, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia;
Llevar el registro de las pólizas contractuales y verificar, el control de su vencimiento, en coordinación con las divisiones técnicas y la División de Organización y Sistemas;
Coordinar y supervisar la elaboración de actas de obra o de reajuste que se produzcan en desarrollo de los contratos de la entidad, efectuar su trámite oportuno y colaborar con la División de Organización y Sistemas en el control de las mismas;
Elaborar y tramitar los contratos principales o adicionales en su forma definitiva, de acuerdo con las ofertas y minutas aprobadas en coordinación con las dependencias correspondientes y la Oficina Jurídica;
Revisar y aprobar las actas de terminación y entrega de obras que deban suscribirse con los contratistas;
Llevar el control del trámite interno de los contratos del Instituto hasta su perfeccionamiento;
Estudiar las reclamaciones que, sobre precios u otros aspectos de los contratos, se presenten al Instituto en coordinación con la Oficina Jurídica y la dependencia encargada;
Efectuar estudios sobre la aplicación de multas y sanciones contractuales a que haya lugar;
Verificar el estado financiero de los contratos y el cumplimiento de los requisitos para su liquidación;
Revisar y tramitar las actas de recibo definitivo y liquidación de los contratos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE BIENES. Artículo
Son funciones de la Sección de Bienes, las siguientes
Conservar y proteger los bienes inmuebles que requiere el Instituto para la realización de sus proyectos mediante la utilización de sistemas técnicos de catastro y negociación;
Planear de acuerdo con las políticas y metas trazadas por el Instituto la adquisición, en compra y/o servidumbre, de los bienes inmuebles necesarios para la construcción y operación de sus centrales o redes de transmisión y supervisar la ejecución de los programas adoptados;
Administrar los predios y servidumbres de tal manera que se garantice el uso para el cual están destinados las bienes inmuebles del Instituto;
Recomendar modificaciones o nuevos métodos en los sistemas utilizados por la entidad para la compra de predios y/o servidumbres;
Atender quejas y reclamos de los propietarios y de los afectados por las obras;
Orientar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraidas por el Instituto;
Realizar negociaciones y convenios de compensación con comunidades;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE CENTRALES. Artículo
Son funciones de la División de Centrales, las siguientes
Dirigir, coordinar y controlar los proyectos asignados a la División;
Dirigir el concurso de méritos para la realización de estudios, interventoría y licitaciones públicas o privadas de construcción de obras o montajes;
Dirigir la elaboración de las especificaciones técnicas y el alcance de los trabajos en los contratos de interventoría o de ejecución de obras, así como la definición de los factores administrativos que los rigen;
Coordinar la clasificación de las firmas proponentes, así como la clasificación técnico-administrativa de las mismas;
Rendir informes a la Subgerencia Técnica sobre la clasificación de las firmas proponentes; f)Coordinar con la Oficina Jurídica la especificación de términos de referencia de los contratos, y las condiciones administrativas acordadas entre las partes; g) Coordinar con la Oficina Jurídica los aspectos legales en la aprobación de subcontratos, sanciones o modificaciones, y solicitar su concepto para los eventos que lo requieran; h) Evaluar y establecer el desarrollo de los contratos verificando el cumplimiento de las especificaciones, y determinar de acuerdo con las características encontradas la necesidad de modificar su alcance, duración o valor; i) Verificar y aprobar o rechazar a nivel conceptual, los valores presentados por los contratistas en sus cuentas de cobro, y dar traslado de las mismas a la dependencia encargada de su revisión integral y tramitación; j) Estudiar y aprobar los programas de trabajo presentados por los contratistas, y verificar el avance y estado de las labores respecto de los mismos; k) Suministrar a la División de Licitaciones y Contratos los datos necesarios para la elaboración de las actas requeridas en el desarrollo de los contratos de la División y comunicar sobre la conveniencia de ampliación de plazos de las pólizas; i) Presentar a la División de Licitaciones y Contratos las certificaciones sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de las firmas contratistas, para efecto de liquidación de los contratos; m) Coordinar, con la Subgerencia Administrativa y Financiera, el intercambio de datos y cifras correspondientes a los contratos, para la elaboración de los estados financieros, y participar en la confección de los presupuestos y flujos de fondos; n) Coordinar con las filiales la ayuda técnica que se requiera, para los proyectos relacionados con el estudio, construcción, montaje o conservación de plantas; ñ) Presentar periódicamente los informes de actividades de la División y los especiales que le sean encomendados por la Gerencia o la Subgerencia Técnica; o) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE CENTRALES HIDROELECTRICAS. Artículo
Son funciones de la Sección de Centrales Hidroeléctricas, las siguientes
Controlar técnica, económica y administrativamente los proyectos hidroeléctricos asignados, y rendir los informes respectivos en relación con su desarrollo;
Analizar y seleccionar proyecto hidroeléctricos con el objeto de definir los programas de estudio y construcciones;
Establecer las bases para concursos de méritos y analizar la calificación técnica y administrativa de las firmas proponentes a participar en los mismos, y en las licitaciones públicas o privadas para estudios, interventorías y construcción de obras hidroeléctricas;
Estudiar y analizar, con las firmas seleccionadas, la definición de factores multiplicadores y administrativos de los contratos de consultoría a celebrarse; y proponer los cambios o modificaciones que sean necesarios;
Coordinar la preparación de diseños, pliegos y planos de construcción pura obras hidroeléctricas y civiles del Instituto y sus filiales, revisar y aprobar o improbar dichos trabajos, cuando sean elaborados por firmas consultoras u otras dependencias del ICEL;
Elaborar presupuestos y programas de desembolso para estudio, interventoría y construcción de proyectos hidroeléctricos;
Controlar y supervisar las actividades de las firmas contratistas que intervengan en la ejecución de proyectos;
Revisar los informes de progreso técnico, y finales de prefactibilidad presentados por las firmas consultoras;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE CENTRALES TERMICAS. Artículo
Son funciones de la Sección de Centrales Térmicas, las siguientes
Efectuar el reconocimiento de campo sobre posibles proyectos de centrales térmicas y presentar los informes preliminares;
Efectuar la coordinación general de los proyectos seleccionados para su estudio, diseño, construcción y montaje;
Establecer las bases para concursos de méritos y licitaciones para estudio, diseño, construcción, interventoría y montaje de centrales térmicas; analizar la calificación y clasificación de los proponentes, y efectuar la negociación de las ofertas económicas y técnicas de las firmas seleccionadas, presentando los correspondientes informes justificativos;
Realizar la supervisión de los contratos de estudio, diseño y construcción de centrales térmicas, controlar las labores y revisar los informes presentados por los contratistas durante el desarrollo de los trabajos;
Controlar el avance de los contratos, el cumplimiento de las condiciones o cláusulas establecidas y la programación del trabajo y revisar las actas y cuentas de presentadas por los contratistas;
Preparar y proporcionar a la División de Licitaciones y Contratos la información requerida sobre pagos efectuados, valor del contrato, saldos a favor o en contra del consultor, garantías, multas y demás aspectos relacionados con los contratos;
Llevar el registro permanente de licencias de importación y préstamos internos y externos, así como su utilización, en coordinación con la Subgerencia Administrativa y Financiera, sobre proyectos que adelante la División;
Supervisar las pruebas de eficiencia y capacidad de la central, así como las pruebas individuales o de conjunto de las instalaciones, su operación inicial y puesta en operación comercial;
Revisar los protocolos de pruebas en fábrica y en campo y la liquidación final de los contratos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE PROYECTOS ESPECIALES. Artículo
Son funciones de la Sección de Proyectos Especiales, las siguientes
Recopilar y analizar información acerca de poblaciones carentes de servicio de energía eléctrica y aisladas de los centros de generación y distribución eléctrica, a las cuales es posible dar este servicio mediante pequeños aprovechamientos de corrientes de agua situadas en sus cercanías;
Efectuar los reconocimientos de campo y los estudios hidrológicos, geológicos y topográficos preliminares requeridos para determinar posibilidades de aprovechamiento hidroeléctrico, y presentar los esquemas correspondientes;
Programar estudios de factibilidad técnica y diseño de los proyectos de microcentrales hidroeléctricas que presenten condiciones favorables;
Elaborar los términos de referencia y las bases de los concursos de méritos para estudios de factibilidad técnica y diseño de microcentrales, calificar las propuestas técnicas y negociar las condiciones económicas del contrato;
Colaborar con las dependencias encargadas de trámites ante los organismos crediticios, con el objeto de financiar los proyectos;
Controlar el desarrollo de los contratos, la programación del trabajo o las inversiones en los proyectos, así como revisar y verificar los informes de progreso presentados por los contratistas;
Atender solicitudes económicas, administrativas o de cualquier género, establecidas en los contratos; analizar su conveniencia, y presentar las recomendaciones pertinentes;
Revisar las actas y cuentas de cobro presentadas por los contratistas, verificar su concordancia con las condiciones establecidas y darles el trámite que les corresponda;
Suministrar a la División de Licitaciones y Contratos la información requerida desde el inicio de los contratos hasta su liquidación final;
Coordinar con la División Financiera el trámite de licencias de importación de equipos y el traslado de estos hasta el sitio del proyecto;
Efectuar la inspección en fábrica y el control de calidad de elementos o equipos adquiridos en el interior del país;
Colaborar con la oficina Jurídica desde el punto de vista técnico en los conflictos que surjan;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE FUENTES ALTERNAS. Artículo
Son funciones de la Sección de Puentes Alternas, las siguientes
Controlar el uso y aprovechamiento óptimo del presupuesto asignado a los programas de la dependencia;
Coordinar con otros organismos del Estado, los programas para la aplicación de las fuentes alternas de energía;
Coordinar y tramitar con la Subgerencia Administrativa y Financiera los préstamos para la financiación de los proyectos de la Sección;
Buscar cooperación internacional para la ejecución de planes binacionales en el desarrollo de fuentes alternas y no convencionales de energía;
Coordinar, efectuar y evaluar estudios de investigación y desarrollo de la Energía Geotérmica;
Establecer prioridades de explotación de recursos geotérmicos y determinar la factibilidad técnica y económica de su realización;
Preparar los términos y especificaciones técnicas de los concursos de méritos y licitaciones para estudio, interventoría y montaje de plantas geotérmicas;
Preparar y presentar informes sobre estados y avance de los proyectos, y en general de las actividades de la sección;
Coordinar y efectuar estudios de investigación y desarrollo de energía solar y eólica;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SUBGERENCIA DE OPERACIONES. Artículo
Son funciones de la Subgerencia de operaciones, las siguientes
Colaborar con la Gerencia en el establecimiento de políticas relacionadas con el área operativa del Instituto;
Planear, dirigir y coordinar las actividades de las dependencias que forman parte de la Subgerencia;
Dirigir y coordinar la explotación, operación y mantenimiento de los equipos de generación y transmisión del Instituto, velando por la aplicación de normas y procedimientos técnicos actualizados con el fin de obtener el más alto rendimiento y eficiencia de los recursos bajo su responsabilidad;
Coordinar, con la Subgerencia Administrativa y Financiera, el suministro oportuno de los equipos y materiales requeridos para la correcta prestación de los servicios a cargo de la dependencia;
Colaborar con la División de Relaciones Industriales en la selección, capacitación, promoción de personal y la aplicación de normas de seguridad por parte de los empleados de la Subgerencia;
Orientar la recolección de datos sobre generación, distribución y ventas de energía, interpretar los registros de operación, producción y consumo, en coordinación con la Oficina de Planeación;
Dirigir el despacho e intercambio de energía con otras entidades del sector, coordinando con estas las decisiones a tomar para resolver situaciones de emergencia;
Colaborar con la Subgerencia Administrativa y Financiera en la función de control patrimonial para la clasificación, verificación y permanente valoración de los equipos y materiales a cargo de la dependencia;
Colaborar con la Subgerencia Técnica en el montaje e instalación de sistemas eléctricos para el Instituto;
Velar por que se efectúe el suministro de energía y potencia a las electrificadoras en condiciones óptimas de calidad, continuidad y confiabilidad;
Presentar informes periódicos a la Gerencia sobre la marcha de la Subgerencia;
Establecer pautas de operación y explotación de los equipos, en coordinación con la Subgerencia Técnica del Instituto y con otras entidades del sector;
Coordinar con las regionales el desarrollo de las actividades de la Subgerencia;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE GENERACION. Artículo
Son funciones de la División de Generación las siguientes
Coordinar y controlar la operación y mantenimiento de los equipos de generación del Instituto;
Velar por la operación de las unidades de generación, comunicación y talleres de mantenimiento;
Coordinar el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y maquinaria de generación;
Llevar los registros estadísticos sobre potencia generada y pérdidas de energía, y proponer medidas tendientes a la optimización del sistema;
Supervisar lo relacionado con los repuestos y elementos necesarios para el correcto funcionamiento del sistema de generación y mantenimiento, y velar por la adecuada utilización y reintegro de los materiales;
Conceptuar técnicamente en los procesos de adquisición de materiales y equipos de generación para la dependencia;
Velar porque se efectúe la verificación de les instrumentos de control y medidas de los equipos;
Analizar en coordinación con la División Centro de Control los intercambios y balances de energía;
Suministrar información sobre las necesidades de ampliación del sistema eléctrico, compra o reparación del equipo con las justificaciones correspondientes;
Aprobar las especificaciones técnicas pertinentes, para la elaboración de pliegos de las licitaciones y contratos relacionados con el sistema de generación eléctrica;
Mantener en buenas condiciones los sistemas interconectados de generación que alimenten o se alimenten del Instituto;
Controlar las reservas de los medios energéticos utilizados en la generación, velar por que los suministros se efectúen, y que los sistemas de transporte y de alimentación se operen y mantengan en la forma debida;
Coordinar el despacho de carga e intercambio de energía, de acuerdo con las normas establecidas para tal fin;
Aportar los datos necesarios para efectuar el control patrimonial de los equipos y materiales a disposición de la división; ñ) Elaborar los manuales de operación y mantenimiento de los equipos en coordinación con la División de Organización y Sistemas;
Verificar el cumplimiento de los programas de trabajo, tomar referencias del rendimiento y eficiencia de los recursos técnicos y humanos, y rendir informes periódicos a la Subgerencia de Operaciones;
Determinar las necesidades de capacitación y adiestramiento del personal de la División, en coordinación con la División de Relaciones Industriales;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE TRANSMISION. Artículo
Son funciones de la División de Transmisión las siguientes
Establecer los programas de trabajo de operación y mantenimiento de las líneas de transmisión, subestaciones, redes y demás equipos, en coordinación con el centro de control;
Programar, organizar y aprobar los pedidos de materiales, herramientas y elementos de seguridad que sean necesarios para el normal funcionamiento de los servicios de transmisión de energía;
Verificar y analizar las estadísticas de transmisión de energía en coordinación con el Centro de Control, para una efectiva programación de los trabajos de operación y mantenimiento de líneas y subestaciones;
Definir e implantar normas de seguridad y sistemas de trabajo, que permitan obtener una mayor eficiencia y disminución de los riesgos por accidentes de trabajo y los costos de operación y mantenimiento;
Coordinar con el centro de control, la utilización de la energía eléctrica, teniendo en cuenta las cargas máximas y mínimas, la capacidad de transmisión y los circuitos;
Suministrar información y colaborar en la formulación de necesidades de ampliación del sistema, construcción de obras y modificaciones de las existentes en relación con la transmisión y subtransmisión, de común acuerdo con las dependencias correspondientes;
Coordinar y controlar la ejecución de programas de operación y mantenimiento de acuerdo con las pautas pre-establecidas;
Propender por la eficiencia del personal de la dependencia, colaborando en el adiestramiento y capacitación, en coordinación con la División de Relaciones Industriales;
Verificar la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de líneas de transmisión y subtransmisión;
Efectuar el control de calidad de los trabajos desarrollados, con el objeto de garantizar la continuidad y eficiencia en la prestación del servicio;
Velar por el oportuno suministro de repuestos y elementos necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos de la dependencia;
Supervisar y controlar el uso y manejo de los materiales y equipos, y responder por el reintegro oportuno de aquellos que por razones especificas no se utilicen;
Actualizar los manuales de operación y mantenimiento de los equipos de acuerdo con las especificaciones establecidas;
Llevar hojas de vida y el control sistemático de mantenimiento de los equipos, de acuerdo con las especificaciones establecidas en los manuales y catálogos correspondientes; ñ) Organizar y distribuir los turnos de operación, responder por la eficiencia de los recursos humanos y técnicos a su disposición, y reportar oportunamente a la Subgerencia todas las novedades que se presenten;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION CENTRO DE CONTROL. Artículo
Son funciones de la División Centro de Control, las siguientes
Analizar y establecer en coordinación con la Subgerencia de Operaciones, los convenios y acuerdes que garanticen la operación eficiente y económica de las plantas e instalaciones del Instituto, las electrificadoras y otras empresas donde ICEL tenga participación;
Analizar y determinar los requerimientos de energía y potencia del ICEL y las electrificadoras filiales, y recomendar sobre la formalización de compromisos y compra y venta de aquellos;
Supervisar y controlar el cumplimiento de los compromisos energéticos adquiridos con las demás entidades del sector;
Asesorar a la Subgerencia en la toma de decisiones sobre la operación del sistema eléctrico;
Planear, coordinar y efectuar estudios tendientes a implantar políticas generales de operación de centrales, subestaciones y líneas de sistema interconectado en situaciones normales y de emergencia;
Definir procedimientos, programas y pautas de operación para las instalaciones de generación y transmisión del Instituto y las electrificadoras;
Coordinar con las divisiones de transmisión y generación el mantenimiento preventivo de centrales, líneas y subestaciones; n) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE TERRITORIOS NACIONALES. Artículo
Son funciones de la División de Territorios Nacionales, las siguientes
Dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas y operacionales relacionadas con la prestación del servicio eléctrico en los Territorios Nacionales;
Responder por la operación, mantenimiento y distribución de la energía eléctrica en los Territorios Nacionales;
Rendir informes a la Subgerencia de Operaciones sobre el desarrollo de las actividades de la División;
Planear y programar la prestación del Servicio en los Territorios Nacionales;
Coordinar y controlar la operación y mantenimiento de los equipos de los Territorios Nacionales, aplicando procedimiento, técnicos actualizados;
Coordinar con el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, el desarrollo de los programas de energía eléctrica en los Territorios Nacionales;
Coordinar con la Subgerencia Administrativa y Financiera el suministro oportuno de combustibles, lubricantes y demás materiales en los Territorios Nacionales;
Coordinar con la División de Relaciones Industriales los programas de capacitación y seguridad industrial;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIRECCION REGIONAL TERMOTASAJERO. Artículo
Son funciones de la Dirección Regional Termotasajero, las siguientes
Dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas, operacionales y administrativas de la regional;
Velar por la ejecución de los contratos asignados a consultores, contratistas e interventores, para que cumplan con las especificaciones establecidas;
Responder por la óptima operación de las plantas a su cargo y reportar a la Subgerencia de Operaciones del ICEL, el desarrollo de las actividades relacionadas con su operación comercial;
Dirigir y controlar las actividades de las dependencias a su cargo, y programar sus necesidades de recursos en coordinación con las dependencias centrales del Instituto;
Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento eficiente de la regional, de acuerdo con las funciones que le hayan sido asignadas y delegadas;
Dirigir y controlar las actividades administrativas técnicas y financieras de la Dirección Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en coordinación con la Gerencia y Subgerencias respectivas del Instituto;
Rendir informes a la Subgerencia de Operaciones del Instituto sobre el desarrollo de las actividades de la Dirección Regional;
Coordinar y controlar la operación y mantenimiento de los equipos de generación de la termoeléctrica aplicando procedimientos técnicos actualizados para obtener el más alto rendimiento y eficiencia de los recursos humanos, equipos y materiales puestos a su cuidado;
Dirigir, coordinar y controlar los programas de trabajo y presupuesto para cada vigencia;
Presentar a la Subgerencia los informes que le sean solicitados;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Artículo
Son funciones de la División Administrativa y Financiera, las siguientes
Asistir a la Dirección Regional en la determinación de objetivos, planes y programas en las áreas administrativa y financiera;
Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las actividades administrativas y financieras de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por el Instituto y tendientes al normal funcionamiento de la Dirección Regional;
Programar en coordinación con la Subgerencia Administrativa y Financiera, la capacitación, seguridad y bienestar social para el personal de la Dirección Regional;
Presentar a la Dirección Regional el anteproyecto de presupuesto anual de la regional para su tramitación ante la oficina de Planeación del ICEL, para su incorporación en el proyecto de presupuesto general de la entidad y una vez aprobado, velar por su correcta ejecución;
Velar por el adecuado y oportuno suministro de los materiales, equipos, repuestos y elementos requeridos para el normal desarrollo de las actividades de la Dirección Regional;
Presentar periódicamente los informes de actividades de la División y los especiales que le sean encomendados por la Dirección Regional;
Coordinar con las Divisiones Financiera y de Relaciones Industriales, las actividades relacionadas con la adquisición de materiales, repuestos y bienes de origen nacional o de importación, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;
Evaluar periódicamente la marcha de los distintos programas de la División, proponer los cambios necesarios y presentar los informes respectivos;
Velar por la conservación, mantenimiento y correcto uso de los locales, muebles y equipos al servicio de la Dirección Regional;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Artículo
Son funciones de la Sección de Servicios Administrativos, las siguientes
Realizar las actividades de administración y desarrollo de personal, compras, almacén y servicios generales de la Regional de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;
Coordinar con la Dirección Regional y la División de Relaciones Industriales las actividades de reclutamiento, selección, inducción entrenamiento, capacitación, promoción y bienestar del personal de la Dirección Regional;
Coordinar con la Sección de Personal las actividades de registro, revisión y envío de las novedades del personal de la Regional para la liquidación de la nómina y demás situaciones administrativas;
Organizar y controlar los trámites necesarios para la adquisición de materiales, equipos, repuestos y elementos requeridos por la Dirección Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por el Instituto;
Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento de los materiales equipos, repuestos y elementos de la regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos para los almacenes del Instituto;
Organizar y controlar, los servicios de transporte, aseo, vigilancia, reparaciones locativas, mantenimiento de parque automotor, archivo, correspondencia y demás servicios de apoyo a las dependencias e instalaciones de la Regional;
Controlar la actualización del kárdex de personal con indicaciones, horas extras, festivos, viáticos, fecha de ingreso, así como también hojas de vida y asistencia del personal;
Establecer políticas adecuadas de capacitación del personal de la regional, llevando el registro de los cursos que se realicen dentro de los programas de capacitación;
Controlar y seleccionar las fuentes locales de suministro de materiales y elementos requeridos por la regional, y organizar el kárdex de proveedores, llevando un control permanente de precios y calidades;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION FINANCIERA. Artículo
Son funciones de la Sección Financiera, las siguientes
Efectuar las actividades de carácter financiero en la regional, especialmente en las áreas de presupuesto, contabilidad y pagaduría;
Coordinar con las dependencias correspondientes el procesamiento de la información financiera, de acuerdo con los procedimientos establecidos;
Codificar y efectuar los registros contables que se requieran para mantener actualizado el sistema contable consolidado del Instituto;
Efectuar los pagos que se causen por el desarrollo de las actividades de la Dirección Regional, siguiendo los procedimientos de control interno que establezca el Instituto;
Participar, con la colaboración de las demás dependencias de la Dirección Regional, en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de ésta;
Presentar informes sobre la situación financiera de la Dirección Regional y formular las recomendaciones del caso;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION TECNICA. Artículo
Son funciones de la División Técnica, las siguientes
Dirigir, programar, controlar la operación y el mantenimiento de la Termoeléctrica de Tasajero;
Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en la operación y mantenimiento de la planta;
Tomar medidas pertinentes a la minimización de costos de operación y mantenimiento de la planta de Termotasajero;
Coordinar y controlar las reservas de los medios energéticos utilizados en generación, cuidando que los suministros se hagan oportunamente, y que los sistemas de transporte y alimentación se operen y mantengan en forma debida;
Coordinar el control de despacho de carga y del intertercambio de energía con otros sistemas;
Vigilar por el cumplimiento y actualización del manual de operación de planta;
Aplicar las políticas y líneas de acción que señale la Dirección y el Centro de Control en lo relativo a la generación de la planta;
Fijar prioridades para el mejor mantenimiento de los diferentes equipos de la planta en coordinación con la Sección de Servicios Técnicos;
Velar por el oportuno y adecuado suministro de los repuestos y elementos necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos de la planta;
Organizar, controlar y dirigir las actividades de las secciones de operación, mantenimiento y servicios técnicos;
Presentar informes periódicos sobre la operación y mantenimiento de la planta de la Dirección Regional;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE OPERACION. Artículo
Son funciones de la Sección de operación, las siguientes
Organizar, controlar y ejecutar la operación de los equipos y elementos de la Termoeléctrica;
Coordinar con las Secciones de Mantenimiento y Servicios Técnicos las paradas, el mantenimiento y puesta en servicio de la planta de Termotasajero;
Elaborar y actualizar el manual de operaciones de la unidad y equipos de la planta;
Elaborar y analizar los reportes de generación de la planta, lectura y consumo de combustibles y lubricantes;
Establecer y organizar los turnos de operación de la planta;
Velar por la integridad y buen manejo de los equipos y responder por la eficiencia de los recursos tanto humanos como técnicos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE MANTENIMIENTO. Artículo
Son funciones de la Sección de Mantenimiento, las siguientes
Programar, organizar y ejecutar el mantenimiento eléctrico, mecánico y electrónico, preventivo y correctivo de los equipos correspondientes a la termoeléctrica de tasajero;
Ejecutar las órdenes de trabajo para el mantenimiento de los diferentes equipos de la planta, de acuerdo con los procedimientos establecidos y reportar oportunamente a la Sección de Servicios Técnicos el cumplimiento de éstos, a fin de que se actualicen las hojas de vida de los equipos;
Coordinar con la Sección de Servicios Técnicos de la división, los programas de mantenimiento preventivo y las labores de mantenimiento correctivo;
Colaborar con las áreas de seguridad industrial en el establecimiento de las normas respectivas y velar por el estricto cumplimiento;
Determinar oportunamente las necesidades de equipos, materiales y elementos de trabajo para la prestación de un servicio eficiente y continuo;
Efectuar el control de calidad de los materiales, repuestos y elementos solicitados por esta Sección;
Asesorar al personal de operación en la correcta utilización de los equipos y manejo de instrumentos y participación en la actualización de los manuales de mantenimiento;
Establecer normas o procedimientos sobre mantenimiento, mecánico, eléctrico y electrónico, preventivo y correctivo de la Central;
Dirigir y velar por el correcto orden del archivo técnico de la planta;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE SERVICIOS TECNICOS. Artículo
Son funciones de la Sección de Servicios Técnicos, las siguientes
Elaborar normas y procedimientos para efectuar los mantenimientos preventivo y correctivo, en coordinación con la División de Organización y Sistemas y la Subgerencia de Operaciones;
Efectuar estudios y presentar alternativas a la División Técnica, sobre programas de mantenimiento preventivo a los equipos de la planta;
Realizar las actividades de coordinación que sean necesarias durante las paradas y puestas en servicio de los equipos de generación;
Llevar registros estadísticos actualizados sobre los trabajos efectuados a cada equipo, y la utilización de los repuestos y materiales;
Mantener catálogos e información técnica actualizada para los estudios de selección y reposición de equipos y materiales;
Conceptuar técnicamente en los procesos de adquisición de materiales, equipos y repuestos necesarios para el normal funcionamiento de la Termoeléctrica de tasajero;
Llevar el control de los materiales solicitados y los utilizados para el mantenimiento de la planta y equipos de generación;
Hacer inspecciones de equipos mediante pruebas de vibraciones y pruebas de comportamiento. Inspeccionar las tuberías mediante pruebas de ultrasonido;
Estudiar las modificaciones necesarias de los equipos e instalaciones de la planta;
Llevar las estadísticas sobre la operación y generación de la planta;
Coordinar con otras dependencias especializadas y con el área de seguridad industrial, la elaboración de normas sobre el manejo y utilización de los equipos, con el objeto de velar por la seguridad del personal y prevenir daños en los equipo;
Realizar los análisis químicos necesarios para controlar el tratamiento adecuado del agua de alimentación de las calderas, el vapor para las turbinas y de la planta de intercambio iónico del agua;
Analizar el combustible de las calderas y los aceites de lubricación y de regulación de turbinas, efectuar análisis periódicos de gases de combustión y obtener la eficiencia del ciclo;
Coordinar sus actividades con las demás dependencias de la División para una mayor eficiencia de los servicios y velar por el adecuado manejo de los equipos y materiales de operación y mantenimiento; ñ) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SUBGERENCIA DE FILIALES. Artículo
Son funciones de la Subgerencia de Filiales las siguientes
Asesorar a la Gerencia en la formulación de políticas energéticas para las filiales;
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman la Subgerencia;
Asesorar a las filiales del grupo ICEL en la aplicación de políticas financieras, administrativas y contables y vigilar su cumplimiento;
Preparar y perfeccionar normas de carácter general que tiendan al mejoramiento y unificación de los procedimientos administrativos, contables y financieros de las empresas filiales del Instituto; e) organizar los planes y programas de adiestramiento del personal de las filiales, a través de los organismos especializados en la materia; f) Vigilar el cumplimiento de las normas legales estatutarias por parte de las electrificadoras; g) Estudiar la situación financiera de las empresas filiales conjuntamente con la Oficina de Planeación; h) Asesorar a las electrificadoras en la implantación de las recomendaciones financieras, contables y administrativas; i) Estudiar y asesorar, con la Subgerencia Técnica, a las filiales del instituto, en la elaboración de los planes de operación y mantenimiento del servicio eléctrico de sus equipos e instalaciones, y vigilar su cumplimiento; j) Colaborar con la Oficina de Planeación en el diseño de los planes y programas de orden técnico y económico para las electrificadoras filiales; k) Estudiar normas y criterios sobre la asesoría de explotación, operación y mantenimiento del servicio eléctrico, por parte de las filiales, calificar dicha explotación y proponer medidas para su mejoramiento; l) Solicitar y suministrar oportunamente información estadística a las filiales del Instituto y a otras entidades; m) Colaborar en la preparación de informes o actividades de las electrificadoras, que sean solicitados; n ) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISIÓN DE ASESORÍA Y CONTROL ADMINISTRATIVO. Artículo
Son funciones de la División de Asesoría y Control Administrativo, las siguientes
Planear, organizar, dirigir y controlar los programas de asesoría de desarrollo administrativo y gestión de personal de las electrificadoras filiales;
Asesorar a la Subgerencia de Filiales en la definición y estructuración de políticas y normas administrativas y administración de personal para las electrificadoras;
Programar, dirigir y coordinar las visitas e intervenciones de asesoría de las electrificadoras filiales;
Analizar y evaluar las actividades administrativas de las electrificadoras;
Promover toda clase de investigaciones tendientes a aumentar los conocimientos de administración de recursos humanos y gestión empresarial, que permitan un desarrollo integral de las filiales;
Coordinar con las Divisiones de Asesoría Financiera, y la División de Organización y Sistemas, la ejecución de los programas y proyectos que deban llevarse a cabo conjuntamente en las electrificadoras;
Coordinar con la Oficina Jurídica la asesoría que en la materia requieran las filiales;
Coordinar, con la División de Organización y Sistemas, el apoyo que en este campo requieran las electrificadoras;
Determinar las necesidades de capacitación del personal de la División y coordinar, con la División de Relaciones Industriales, la realización de los cursos y entrenamiento requeridos;
Evaluar continuamente los proyectos y programas propuestos por la división de las electrificadoras;
Organizar y ejecutar estudios sobre organización y funcionamiento de las electrificadoras;
Colaborar con el desarrollo y establecimiento de normas de seguridad industrial y coordinar las labores requeridas para su implantación en las electrificadoras;
Asesorar e implantar en las electrificadoras filiales del ICEL, procedimientos de selección e inducción del personal, de acuerdo con el avance técnico y científico de estas disciplinas;
Asesorar a las electrificadoras para detectar las necesidades de capacitación del personal; ñ) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISIÓN DE ASESORÍA Y CONTROL FINANCIERO. Artículo
Son funciones de la División de Asesoría y Control Financiero, las siguientes
Asesorar a las filiales en el diseño de políticas financieras a corto, mediano y largo plazo;
Controlar la ejecución de los planes y programas definidos para las empresas, manteniendo informadas a las directivas de éstas y del ICEL;
Presentar informes sobre la situación financiera de las empresas filiales y formular las recomendaciones del caso a las directivas del Instituto;
Suministrar oportunamente a la Oficina de Planeación la información estadística del área financiera de las filiales;
Realizar, conjuntamente con la Oficina de Planeación las proyecciones financieras respecto de las electrificadoras;
Asesorar a las electrificadoras en el estudio, implantación, desarrollo y unificación de normas contables;
Solicitar oportunamente a las electrificadoras el envío de balances para su estudio;
Resolver consultas de carácter contable que sean formuladas por las electrificadoras;
Hacer el seguimiento a las electrificadoras filiales sobre las políticas tarifarias y de presupuesto establecidas por la Oficina de Planeación;
Controlar que las políticas sobre inversiones en las electrificadoras aprobadas por la Oficina de Planeación del ICEL, se cumplan estrictamente;
Colaborar con la Oficina de Planeación en la preparación de índices económicos para medir la gestión empresarial de las electrificadoras filiales;
Controlar que las electrificadoras cumplan los requisitos establecidos en sus estatutos sobre consecución de créditos tanto externos como internos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISIÓN DE ASESORÍA Y CONTROL TÉCNICO. Artículo
Son funciones de la División de Asesoría y Control Técnico, las siguientes
Controlar la ejecución de planes de ensanche operación y mantenimiento de los sistemas de las electrificadoras filiales;
Divulgar e implantar las normas y reglamentos de prestación del servicio de energía;
Coordinar, con la Subgerencia de operaciones, las interventorías actualizadas de plantas, materiales y equipo de las electrificadoras;
Prestar la asesoría que requieran las electrificadoras en la elaboración de planes de ensanche y ampliación del sector eléctrico, para su posterior aprobación por parte de la Oficina de Planeación del ICEL;
Establecer con la Subgerencia de Operaciones procedimientos para los pronósticos de carga, balances de energía y potencia para determinar las necesidades de expansión del sistema;
Realizar seguimiento de la aplicación de los planes de, expansión por parte de la electrificadora;
Prestar asesoría a las electrificadoras en los estudios, diseños, licitaciones, construcciones, interventoría y demás actividades relacionadas con el área;
Elaborar estudios de energía requerida para mejorar la prestación del servicio eléctrico en las electrificadoras;
Realizar los estudios de diseño solicitados por las electrificadoras en la operación y mantenimiento de equipos;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE ELECTRIFICACION RURAL. Artículo
Son funciones de la División de Electrificación Rural, las siguientes
Dirigir, coordinar y controlar las actividades necesarias para el desarrollo del Plan Nacional de Electrificación Rural;
Coordinar con las electrificadoras filiales, la Corporación Autónoma Regional del Cauca, y el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías y otras entidades, las medidas pertinentes a fin de asegurar la correcta y oportuna ejecución del Plan Nacional de Electrificación Rural;
Adelantar los estudios relacionados con las licitaciones de materiales y compras relativas al Plan Nacional de Electrificación Rural;
Coordinar y supervisar los contratos de suministro y de obras del Plan Nacional de Electrificación Rural;
Publicar y controlar la aplicación de normas y procedimientos para el diseño de sistemas de electrificación de los proyectos del plan;
Coordinar con la Federación Nacional de Cafeteros los desembolsos de los comités departamentales con miras a adelantar el programa de Electrificación Rural en zonas cafeteras;
Escoger mediante los criterios de selección preestablecidos, los proyectos que deban ejecutarse dentro del plan;
Solicitar informes de avances a las electrificadoras sobre cada uno de los paquetes de obras referentes al plan;
Coordinar con la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, la asignación presupuestal y los desembolsos oportunos para el pago de la construcción de obras relacionadas con el plan;
Coordinar con las entidades particulares en la financiación y ejecución del plan, los asuntos administrativos, técnicos y financieros del mismo;
Realizar campañas de promoción del consumo y ahorro de energía eléctrica dirigida a los beneficiarios del plan;
Coordinar y controlar la elaboración de los pliegos de condiciones para licitaciones relativas al plan;
Llevar a cabo el análisis de las ofertas presentadas en las licitaciones y efectuar estudios comparativos de las mismas para la correspondiente adjudicación;
Coordinar con la División de Licitaciones y Contratos los trámites necesarios para legalizar los contratos relacionados con el plan; ñ) Estudiar y seleccionar las obras de infraestructura para el plan, en coordinación con las electrificadoras;
Efectuar estudios socio-económicos y campañas de divulgación respecto del uso y consumo de energía en las zonas beneficiarias del plan;
Analizar las estadísticas sobre tarifas, ventas y demanda de energía, y efectuar las proyecciones correspondientes sobre el crecimiento de la población rural;
Coordinar y supervisar la elaboración de prediseños y diseños de obras del plan y presentar informes sobre el balance de los proyectos;
Elaborar y mantener actualizado el manual de normas para el sistema de electrificación rural;
Coordinar y supervisar las obras ejecutadas por las electrificadoras filiales en desarrollo del Plan Nacional de Electrificación Rural;
Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION COMITE ASESOR DE GERENCIA. Artículo
El Comité Asesor de la Gerencia, estará integrado por: -- El Gerente General, quien lo presidirá; -- El Secretario General; -- El Subgerente Técnico; -- El Subgerente Administrativo y Financiero; -- El Subgerente de Operaciones; -- El Subgerente de Filiales; -- El Jefe de la Oficina de Planeación; -- El Jefe de la Oficina Jurídica; -- El Jefe de la Oficina de Auditoría Interna. Artículo
Son funciones del Comité Asesor de Gerencia, las siguientes
Asesorar a la Gerencia General en la coordinación y ejecución de las políticas y planes de acción del Instituto;
Coordinar la ejecución de los planes y programas adoptados. JUNTA DE LICITACIONES Y ADQUISICIONES. Artículo
La Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por: - El Subgerente Administrativo y Financiero, quien la presidirá; - El Secretario General; - El Subgerente Técnico; - El Subgerente de Operaciones; - Un funcionario especializado del área cuya presencia se estime necesaria.
Hará las veces de Secretario de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones el Jefe de la División de Relaciones Industriales. Artículo 59. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones, cumplirá sus funciones de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia. COMISION DE PERSONAL. Artículo 60. La Comisión de personal se integrará y cumplirá sus funciones de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. COMITE TECNICO. Artículo 61. El Comité Técnico estará integrado por los siguientes funcionarios: - El Subgerente Técnico, quien lo presidirá; - El Subgerente de Filiales; - El Subgerente Administrativo y Financiero; - El Jefe de la División de Electrificación Rural; - El Jefe de la Oficina de Planeación; - El Jefe de la División de Asesoría y Control Técnico. Artículo 62. Corresponde al Comité Técnico, asesorar al Instituto en la Coordinación de los planes relacionados con el área técnica. COMITE DE FILIALES. Artículo 63. El Comité de Filiales, estará integrado por los siguientes funcionarios: - El Subgerente de Filiales, quien lo presidirá; - El Jefe de la Oficina de Planeación o su delegado; - Los funcionarios delegados del ICEL en las Juntas Directivas de la Electrificadora. Artículo 64. Corresponde al Comité de Filiales, coordinar los planes y programas que deba adoptar el Instituto para cada una de sus filiales. COMITES DE COORDINACION INTERNA. Artículo 65. En cada Subgerencia existirá un Comité de Coordinación Interna, el cual tendrá la siguiente composición: - El Subgerente respectivo, quien lo presidirá; - Los Jefe de División que integran la Subgerencia. Artículo 66. Son funciones de los Comités de Coordinación Interna, las siguientes
Coordinar las actividades de las distintas dependencias que conforman la Subgerencia y promover los mecanismos para el cumplimiento de los programas de trabajo;
Adoptar los programas de trabajo que requieran la participación directa de más de una dependencia. COMITE DE BIENES. Artículo 67. El Comité de Bienes está integrado por los siguientes funcionarios: - El Subgerente Técnico, quien lo presidirá; - El Subgerente Administrativo y Financiero; - El Jefe de la División de Licitaciones y Contratos; - El Jefe de la Oficina Jurídica; - El Jefe de la Oficina de Auditoría Interna; - El Jefe de la Sección de Bienes. Artículo 68. Son funciones del Comité de Bienes, las siguientes: a) Dirigir y coordinar la ejecución de las políticas trazadas por el Instituto en la adquisición de predios y servidumbres, manejo y protección de cuencas hidrográficas; b) Recomendar las políticas de compensación Socioeconómica para las comunidades afectadas. COMITÉ DE DIRECCION REGIONAL. Artículo 69. El Comité de Dirección Regional estará integrado por el Director Regional, quien lo presidirá y los Jefes de las Divisiones y Secciones de la Regional. También podrán asistir los demás funcionarios especializados que ocasionalmente designe el Gerente o el Subgerente de Operaciones del Instituto y el Director Regional cuando su presencia se estime necesaria. Artículo 70. Son funciones del Comité de Dirección Regional: a) Asesorar a la Dirección Regional en la coordinación y ejecución de las políticas y planes de acción de la regional; b) Coordinar la ejecución de los planes y programas adoptados por la regional. Artículo 71. Toda modificación general o parcial de la estructura orgánica del ICEL requiere concepto favorable de la Secretaria de Administración Pública de la Presidencia de la República previamente a la expedición de los acuerdos respectivos por la Junta Directiva y la aprobación del Gobierno Nacional. Artículo 72. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos números 005 de 1975, 023 de 1984, 013 de 1985 y 020 de 1985, emanados de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica. Comuníquese y cúmplase.