Micelio

Artículo 4

Decreto 252 de 1956 · Que establece modalidades para la titulación de unas tierras en la Zona Bananera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Sin perjuicio del pago de contado que pueda hacerse por los adjudicatarios, el valor de las parcelas se cubrirá en quince (15) cuotas trimestrales sucesivas, sin causar intereses, calculadas con base en el precio de cada parcela, y que principiarán cubrirse 18 meses después de la fecha de la respectiva resolución d adjudicación.

Parágrafo

El pago de las cuotas respectivas se comprobará con recibos expedidos por el Fondo Rotatorio de Fomento Económico, administrado por la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, o por la oficina que al respecto designe la misma Caja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 252 de 1956