Micelio

Artículo 2

Ley 222 de 1938 · por la cual se destina una suma

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

000), a que se refiere el artículo anterior, será la misma en lo tocante a los cuarenta mil pesos ($ 40.000) de que tratan las Leyes 2ª de 1907 y 57 de 1914, el resto que cobrare ingresará a fondos comunes departamentales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 222 de 1938